Corte niega suspender tope salarial a funcionarios del IFT

Es la primera ocasión que la Corte rechaza una suspensión contra el límite salarial, que sí le concedieron a los funcionarios del INE y el INEGI

Escrito por: Juan Pablo Reyes
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó por primera vez a funcionarios de alto nivel de un organismo autónomo, en este caso del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), permitirles ganar más que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, con lo que mantuvo el tope salarial.

La Comisión de Receso de la Corte negó la suspensión solicitada por el IFT, contra el tope salarial previsto en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2022, con el que ningúnservidor público puede ganar más que el titular del Ejecutivo Federal.

Ministras de la Corte difieren sobre el tope salarial

Se trata de la primera ocasión que la Corte al admitir una controversia de este tipo rechaza una suspensión contra el tope salarial pues, desde la aprobación de la Ley Federal de Remuneraciones y su aplicación en el PEF 2019, los ministros han permitido a los organismos autónomos mantener sus salarios como estaban en el año 2018 en tanto se dicta sentencia.

Aunque la Comisión está integrada por las ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel Mossa, sólo esta última votó por negar la suspensión bajo el argumento de que, de conceder la medida, se genera un desacato a la prohibición expresa contenida en la Constitución de que ningún servidor público puede ganar más que el presidente.

Con voto dividido se niega la suspensión al IFT

En el acuerdo de la Corte, la ministra Ríos Farjat emitió un voto particular en el que consideró que la suspensión debió ser concedida pero explicó que, debido a que Esquivel Mossa es la ministra con más antigëdad en la Corte, al existir contradicción entre ellas se le da el voto de calidad.

“Debió otorgarse la suspensión solicitada, ya que, si bien la Comisión de Receso cuenta con amplias facultades para acordar los asuntos de su conocimiento, considero que debe darse una deferencia al ministro o la ministra instructora en casos que guardan conexidad con el presente asunto”, argumentó Ríos Farjat.

ARGUMENTO DEL VOTO

La ministra destacó que el ministro Juan Luis González Alcántara concedió en días pasados la suspensión al INE y al Inegi para que no les sea aplicado el tope salarial.

“Si en los asuntos que le fueron turnados determinó otorgar la suspensión y el que ahora conoce la Comisión de Receso guarda conexidad con aquellos, entonces, por cuestión de congruencia, consistencia y seguridad jurídica en el trámite de los asuntos, también debió otorgarse la suspensión solicitada en el presente caso”, indicó la ministra.

IFT puede interponer recurso de reclamación

La resolución de la Comisión puede ser impugnada por el IFT mediante un recurso de reclamación que será resuelto por alguna de las dos salas de la Corte.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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