Juez desecha demanda de indemnización por tragedia en Línea 12

En mayo pasado, la primera demanda con la que se busca una indemnización para los deudos y heridos por la tragedia en la Línea 12 del Metro fue congelada.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Accidente L12

Ciudad de México.- Un juez federal desechó la demanda impulsada por una organización civil, con la que se buscaba conseguir la reparación del daño y una indemnización por más de 6 millones de pesos para cada una de las familias de las víctimas porla tragedia en la Línea 12 del Metro.

El titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México consideró este viernes que el litigio promovido por la Organización Nacional de Responsabilidad del Estado resulta improcedente pues fue tramitado por la vía jurídica incorrecta.

“Resultan fundadas las manifestaciones del Sistema de Transporte Colectivo, relativas a la improcedencia de la vía; puesto que al ser parte de la Administración Publica de la Ciudad de México, la reparación del daño a las víctimas del siniestro suscitado en sus instalaciones el pasado tres de mayo de este año, deberá ser analizado al tenor de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal, pues probablemente dicho suceso desafortunado se produjo por la actividad irregular de dicho ente público”, señala el resolutivo.

La decisión del juez Zurita puede ser impugnada ante un tribunal federal

Incluso, el juez Benito Zurita expuso que al derivar la acción colectiva de la ONG en una probable actividad administrativa irregular del Estado por la prestación de un servicio público deficiente, resulta aplicable la legislación local y no la federal.

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En mayo pasado, la primera demanda con la que se busca una indemnización para los deudos y heridos por la tragedia en la Línea 12 del Metro fue congelada por diversas imprecisiones y errores cometidos por la Organización Nacional de Responsabilidad del Estado, asociación que promovió el litigio.

La decisión del juez Zurita puede ser impugnada ante un tribunal federal cuyos magistrados pueden confirmar en las próximas semanas el resolutivo o revocarlo para que sea analizado por el juzgador.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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