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Ilegal, condicionar pensión por viudez con menos de un año de casados

La SCJN determinó que es inconstitucional que el IMSS condicione el otorgamiento de una pensión de viudez con menos de un año de haber contraído matrimonio.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Matrimonio

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional que lel Instituto México del Seguro Social (IMSS) condicione el otorgamiento de una pensión de viudez cuando se trata de parejas que tengan menos de un año de haber contraído matrimonio.

La ley reclamada pone límites para el otorgamiento de las pensiones para proteger el patrimonio

Por unanimidad, la Segunda Sala del máximo tribunal del país amparó a una mujer que reclamó que no se le otorgara una pensión porque conforme a la Ley del IMSS no se encontraba en los supuestos para su obtención, pues no se había cumplido un año entre su matrimonio y muerte de su esposo.

“Si bien la ley reclamada pone límites para el otorgamiento de las pensiones por viudez para proteger el patrimonio colectivo de los asegurados frente a matrimonios fraudulentos, lo cierto es que estas limitantes vulneran los derechos a la igualdad y a la seguridad social de los trabajadores y sus parejas”, se explicó.

A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, la Sala concluyó que debe existir la presunción de que el matrimonio en que se funda una solicitud de pensión por viudez no es fraudulento y que considerar lo contrario dejaría en indefensión al cónyuge que sobrevive y que no puede modificar el prejuicio legal.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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