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Semovi CDMX quitará licencia a quien maneje en estado de ebriedad

Se retirará la licencia a conductores que manejen en estado de ebriedad, según las reformas a la Ley de Movilidad de CDMX.

Notas
CDMX
Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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| Crédito: Twitter @SSC_CDMX

Autoridades de la Ciudad de México (CDMX) anunciaron que a partir del 5 de agosto se suspenderá la licencia de las personas que manejen en estado de ebriedad o bajo los efectos de narcóticos.

Este 4 de julio en la Gaceta de la CDMX se publicaron las reformas a la Ley de Movilidad entre las que destacan la suspensión de la licencia de las personas que manejen en estado de ebriedad.

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Las reformas a la Ley de Movilidad de la CDMX aplicaron para los artículos 67, 69, 69 Bis, en estos últimos se indica que las personas involucradas en accidentes de tránsito no se les reexpedirá un permiso o licencia de conducir a menos de que se sometan pruebas de detección de ingesta de alcohol o narcóticos.

¿En qué casos se quitará la licencia por manejar en estado de ebriedad?

De acuerdo con las reformas que se publicaron en la Gaceta de la CDMX, la licencia se retirará a las personas en los siguientes casos cuando manejen en estado de ebriedad y/o por uso de narcóticos.

Cuando se sancione al titular de la licencia por segunda vez en un periodo de un año, por conducir bajo los efectos del alcohol y/o narcóticos en los términos del Reglamento de Tránsito.

Cuando se sancione por tercera vez en un periodo de tres años al titular de la licencia por conducir un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol y/o narcóticos en los términos del Reglamento de Tránsito.

También se retirará la licencia cuando una autoridad jurisdiccional o ministerial determine en definitiva que un accidente o percance fue por una negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad del titular de la licencia y éste tenga como consecuencia la pérdida de la vida o cause lesiones que pongan en peligro la seguridad o la vida de los usuarios y/o terceros.

En la CDMX, la licencia se cancelará desde la primera ocasión si el titular de la licencia manejaba un vehículo de transporte privado o público de pasajeros o de carga en estado de ebriedad y/o narcóticos.

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