VIDEO: Menor es perseguida por un desconocido en calles de Puebla

Madres de familia refirieron que no es la primera vez que sucede, pues incluso otras menores han sido acosadas al salir de la escuela en calles de Puebla

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Escrito por: Maricarmen Hernández
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Minutos de terror fue lo que vivió una niña en el municipio de Puebla, luego de que un hombre la correteara por las Calles de la Colonia Vista del Valle.

Las cámaras de vigilancia lograron capturar el momento en que la menor era perseguida por un hombre que sin tener ningún tipo de parentesco, fue tras ella por varias calles.

Fue sobre la calle 18 poniente, que la menor tuvo que correr hasta llegar a la intersección de la 3 A norte para poderse librar del hombre que desde calles atrás la venía persiguiendo.

Al recorrer la zona, madres de familia refirieron que no es la primera vez que sucede éste tipo de hechos, pues incluso otras menores han sido acosadas al salir de la escuela.

“Regresaba de la escuela sola, pasé por las calles que suelo pues cruzar para llegar a mi casa y en la calle de aquí a la vuelta pasó un hombre. Me empezó a hacer varias preguntas que sí tenía novio, que donde vivía, que sí me acompañaba a mi casa. Le dije que estaba mi familiar cerca ya como que se volteó y se regresó por la calle,” comentó la menor.

Los vecinos refirieron sentir preocupación por este tipo de situaciones, por lo que entre los mismos habitantes han reforzado la seguridad y comunicación entre ellos para alertarse entre sí en caso de detectar alguna persona sospechosa por la zona, como el hombre que aparece en el video.

“Nos contaba una señora también que sus hijas han sido este perseguidas y como no hay luz en la noche , y en las mañanas pues a las escuelas entran a las 7 pues si es un horario sin luz, está la verdad muy feo”, declaró una vecina de la colonia.

¿Qué dice la ley sobre el acoso en Puebla?

Código Penal del Estado de Puebla, Artículo 278 Bis

Comete el delito de hostigamiento sexual quien, valiéndose de una posición jerárquica derivada de la relación laboral, docente, doméstica o cualquier otra que genere subordinación, asedie a otra persona emitiéndole propuestas, utilice lenguaje lascivo con este fin o le solicite ejecutar cualquier acto de naturaleza sexual.

Código Penal del Estado de Puebla, Artículo 278 Quáter

Al responsable del delito de hostigamiento sexual se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días de salario y será punible cuando se ocasione un daño o perjuicio en la posición laboral, docente, doméstica o de cualquier naturaleza que se derive de la subordinación de la persona agredida.

Al responsable del delito de acoso sexual se le impondrá multa de cincuenta a trescientos días de salario.

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Escrito por: Maricarmen Hernández

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