Aprueba Senado Ley de Economía Circular, la turnan a diputados

Pleno del Senado de la República aprobó el proyecto de la Ley General de Economía Circular, para reducir al mínimo la generación de residuos.

Escrito por: Gerardo Segura
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| Crédito: Pixabay

Cd. de México.- El Pleno del Senado de la República aprobó el proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Economía Circular, ordenamiento que busca que el valor de los productos, materiales y recursos se mantengan vigentes dentro del ciclo económico durante el mayor tiempo posible, para así reducir al mínimo la generación de residuos. Igualmente se basa en un proceso sostenible, en donde se intenta que los materiales y recursos se mantengan en el ciclo productivo, y en la economía, durante el mayor tiempo posible, sin perder su valor y conservando su vida útil.

La propuesta , que es producto de casi dos años de análisis técnico y ejercicios de Parlamento Abierto, y que fue impulsada por el senador Ricardo Monreal Ávila-, pretende también reducir el impacto ambiental derivado de las actividades económicas, minimizando el desperdicio de materiales y disminuyendo el consumo de materias vírgenes a través de la reutilización, el reciclaje y el rediseño.

Otro de sus objetivos es estimular el desarrollo económico, a través de la valorización de los residuos como fuente de materias primas secundarias. Para ello, procurará que aquellos residuos que no puedan ser valorizables o integrados en el ciclo productivo sean dispuestos sin deteriorar el medio ambiente; así como facilitar la incorporación a la economía nacional de productos de bajo impacto ambiental.

Asimismo, impulsará e implementará el desarrollo tecnológico para el reciclaje, la reutilización y el rediseño de productos basado en un esquema de Economía Circular, siendo esta una estratégica que tiene por objetivo reducir la entrada de los materiales vírgenes como la producción de desechos. En ese sentido, el proyecto dispone que se deberá desarrollar y promover la integración del sector informal asociado con el reciclaje de los residuos.

Impulso para salir de la informalidad.

Esto les permitirá salir de la informalidad fiscal, comercializar sus productos con personas físicas o morales, cuya actividad esté relacionada con las materias primas secundarias, y les brindará oportunidades para acceder a los programas instrumentados en la Ley. Plantea que los gobiernos municipales sean responsables de regularizar e integrar en un padrón oficial, a las personas que realicen alguna actividad de acopio, compraventa, reciclaje y aprovechamiento de los subproductos con valor comercial, esto con el fin de mejorar las condiciones de trabajo en sus instalaciones y profesionalizar su actividad.

La aplicación de este ordenamiento será tarea del Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat); sin embargo, podrá suscribir convenios con los gobiernos estatales y municipales para delegar el ejercicio de estas facultades y funciones.

De acuerdo con el dictamen, toda persona física o moral cuya actividad sea la fabricación, elaboración, producción, importación o manufactura de envases y empaques, estará obligada a presentar ante la Semarnat, para su registro, un Plan de Economía Circular. Además, quienes se dedican a la fabricación, elaboración, manufactura, producción y distribución de aparatos eléctricos y electrónicos deberán contar con un plan de manejo de residuos, que cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas y con lo establecido en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, incorporarán modalidades educativas que contemplen en sus contenidos los temas relativos a la Economía Circular. Esto se realizará con la coordinación de la Semarnat y la Secretaría de Educación Pública.

La Ley también prevé multas por el equivalente de 20 a 60 mil Unidades de Medida y Actualización vigente al momento de imponer la sanción, así como la clausura temporal o definitiva, total o parcial, cuando el infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad, con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas.

El dictamen se turnó a la Cámara de Diputados para su discusión.

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Escrito por: Gerardo Segura

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