¿Serás papá? Por ley tienes derecho a cinco días libres

Los trabajadores que están próximos a convertirse en papás, por ley, pueden gozar de cinco días libres para equilibrar la vida familiar con la laboral.

Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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| Pixabay

Si estás a punto de convertirte en papá, es importante que sepas que por ley tienes derecho a cinco días libres, con la intensión de fortalecer los lazos familiares y equilibrar la vida personal con lo profesional.

De acuerdo con los lineamientos emitidos por la Ley Federal del Trabajo vigentes desde 2018, en el Capítulo Uno, concerniente a las Obligaciones de los Patrones, quedó establecido en la Fracción XXVII que los próximos padres o quienes adopten podrán disfrutar de cinco días laborales con goce de sueldo.

Esta reglamentación está establecida después del apartado que habla de la protección y garantías laborales para las mujeres embarazadas, por lo que, de acuerdo con la ley, los nuevos papás gozarán de lo siguiente:

“XXVII Bis. Otorgar permiso de paternidad de cinco días con goce de sueldo a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y de igual manera, en el caso de adopción de un infante.

“XXVIII.- Participar en la integración y funcionamiento de las Comisiones que deban formarse en cada centro de trabajo, de acuerdo con lo establecido por esta ley”, describe la Ley Federal del Trabajo.

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¿Cómo puedo solicitar mis días de descanso?

El trabajador deberá avisar al patrón sobre el panorama que le espera, y a su vez, será el patrón quien deba comunicar la situación a la Coordinación o Subdelegación correspondiente del IMSS para asegurar la licencia del trabajador y garantizar el pago de los días libres.

En caso de que haya una respuesta negativa, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) está facultada para salvaguardar los derechos laborales de los mexicanos.

“Producto de la Reforma Laboral en la actual administración, el Artículo 132, fracción XXVII bis de la Ley Federal del Trabajo establece como obligación del patrón otorgar un permiso de paternidad de cinco días laborales con goce de sueldo a los hombres trabajadores, por el nacimiento de sus hijos y, de igual forma, por adopción de un infante”, precisa la ley.

Los días serán contados a partir del día de nacimiento del menor, o en su caso, cuando se reciba al menor adoptado.

“La Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres busca además contribuir un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares, reconociendo el derecho de los padres biológicos o por adopción a solicitar un permiso o prestación por paternidad, en cuanto a situación laboral se refiere.”

Para conseguir esto, la STPS cuenta con el distintivo “Empresa Familiarmente Responsable”, que distingue las facilidades otorgadas a trabajadores para conciliar lo laboral y lo familiar.

El propósito es hacer efectivo el derecho constitucional al empleo digno e impulsar el equilibrio de la vida familiar y el trabajo, generando oportunidades dignas para todos los trabajadores con ambientes laborales más saludables, productivos y armónicos.

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