Avalan proceso para revocación de mandato del presidente

Establecen la consulta popular, pero prohíben cuestionar obras de infraestructura.

Escrito por: Maxi Peláez
Diputados sesión

Cd. de México.- La Cámara de diputados aprobó en lo general la Consulta Popular y la Revocación de Mandato del Presidente de la Republica, gobernadores y jefe de gobierno de la Ciudad de México.

La minuta del Senado se aprobó con 373 con lo que se alcanzó la mayoría calificada que modificada para modificar la Constitución. Hubo 75 votos en contra de diputados del PAN y de los 2 legisladores sin partido.

Se establece que la revocación de mandato para el actual presidente en funciones podrá solicitarse después del tercer año de gobierno y se convocaría en el 2022. La revocación será efectiva cuando la mayoría absoluta del 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores diga que sí.

La revocación de mandato la podrán solicitar el 3 por ciento de los ciudadanos inscritos en la nominal de electores de cada entidad federativas, tendrán que ser, por lo menos, 17 estados.

El Instituto Nacional Electoral será el responsable de convocar, organizar, realizar y hacer el cómputo. La convocatoria no podrá coincidir con procesos electorales federales ni locales.

La reforma constitucional precisa que en caso de sea revocado el mandato del Presidente la República, el cargo lo asumirá temporalmente por 30 días quien ocupe la presidencia del Congreso hasta en tanto el Poder Legislativo designa a un sustituto.

El decreto incluye el mecanismo para la realización de la Consulta Popular, como una obligación que tienen los ciudadanos para acudir a votar sobre temas de trascendencia nacional y regional.

Para temas de trascendencia nacional las consultas podrán solicitarlas el 2 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electorales del país, en tanto las consultas a local será por el 2 por ciento de los electores de cada entidad federativa.

No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución y los tratados internacionales, las garantías para su protección; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular; la materia electoral; el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de la Federación; las obras de infraestructura en ejecución; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente.

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Escrito por: Maxi Peláez

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