Propone Batres cambios en requisitos para personal de la CNDH

Propone que prevalezca la experiencia práctica en la defensa y promoción de derechos humanos

Escrito por: Notimex
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19 de enero.- El senador Martí Batres impulsa una iniciativa para que en el nombramiento y reclutamiento del personal de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) prevalezca la experiencia práctica en la defensa y promoción de derechos humanos sobre los títulos académicos.

El legislador propuso reformar los artículos 9, 23 y 24 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para asegurar que la experiencia práctica y el compromiso personal en la promoción de los derechos humanos sea el requisito central para el nombramiento de las personas que conforman esa instancia.

En específico, sugirió derogar la fracción VII del Artículo 9,- que actualmente no establece un requisito, sino sólo una preferencia por la profesión jurídica.

También planteó una modificación para que ya no se requiera la ciudadanía mexicana por nacimiento, toda vez que “esta restricción es contraria a los derechos humanos de las y los ciudadanos mexicanos por naturalización”.

Además, consideró necesario derogar la fracción III del Artículo 23, que establece la obligación de ser licenciado en Derecho para las personas que ocupen la titularidad de las Visitadurías Generales.

Señaló que exigir título profesional para dirigir a los Organismos Públicos de Derechos Humanos (OPDH) “es en realidad una barrera elitista”, pues la mayoría de los que forman parte de la floreciente comunidad de defensoras y defensores de derechos humanos de nuestro país no cuenta con títulos y acreditaciones académicas.

Advirtió que este tipo de requisitos “no corresponden a la realidad social y sólo sirven para concentrar los cargos del sistema de OPDH en una minoría poco representativa de la sociedad, que tampoco ha demostrado ser eficaz en su labor en los organismos públicos”.

Recordó que desde hace 10 años, la organización Fundar documentó que pedir licenciatura en Derecho a quienes aspiran a dirigir los Organismos Públicos de Derechos Humanos no siempre es justificable desde una perspectiva democrática y atenta contra el principio de pluralidad que se necesita en el modelo de Ombudspersons ideal.

Además, implica la exclusión de ciudadanos que no son abogados o que son jóvenes y no garantizan un distanciamiento real de las redes de poder político.

De acuerdo con Batres Guadarrama, la necesidad de tener conocimientos y experiencia en materia de derechos humanos, en su promoción y defensa práctica como pauta principal para ser titular de los OPDH, está poco enfatizada en la mayoría de los ordenamientos estatales.

El senador recordó que las organizaciones no gubernamentales defensoras de derechos humanos de los años ochentas y noventas nacieron como unidades de servicio a movimientos sociales en resistencia.

En contraste, explicó, el sistema de comisiones públicas fue diseñado con un patrón centralizado y vertical a partir, en 1989, de una dirección general de derechos humanos en la Secretaría de Gobernación que, un año más tarde, el 6 de junio de 1990, se transformó en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

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Escrito por: Notimex

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