La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) colocó sellos de suspensión en dos aerolíneas por realizar un cobro al equipaje de mano a los pasajeros.
Se trata de las aerolíneas Volaris y Viva Aerobús en los aeropuertos de San Luis Potosí y Puerto Vallarta.
La única aerolínea que concilió con la Profeco fue Aeroméxico tras algunos reclamos de consumidores sobre el cobro de equipaje de mano.
En lo sucesivo, @Aeromexico incluirá en su tarifa más baja o básica, equipaje de mano de hasta 10kg sin cargo extra para el consumidor. Agradezco la sensibilidad de la empresa para rectificar una práctica que era lesiva para los consumidores.
— Ricardo Sheffield (@SheffieldGto) November 11, 2021
“Ante el llamado de la Profeco, la aerolínea reconsideró finalmente e incluirá en lo sucesivo, sin cargo extra, equipaje de mano de hasta 10 kilos aún en su tarifa más baja”.
La Profeco indicó que Aeroméxico modificará en breve los términos de su tarifa en su portal web.
Cobro a equipaje de mano es contra derechos de consumidores: Profeco
La Profeco detalló que se colocaron los sellos de suspensión de las aerolíneas Volaris y Viva Aerobús en los aeropuertos de San Luis Potosí y Puerto Vallarta, por cobro de tarifa básica sin incluir equipaje de mano.
Agregó que la medida precautoria impuesta implica el inicio de un procedimiento de infracción a la Ley, pero de ninguna manera quiere decir que se suspenda la comercialización de boletos; esto, para no afectar a los consumidores.
Hicimos un requerimiento a Viva Aerobús, Volaris y Aeroméxico para que dejen de cobrar como un extra el equipaje de mano.
— Ricardo Sheffield (@SheffieldGto) November 9, 2021
El consumidor tiene derecho a llevarlo, aunque compre un vuelo con la tarifa más baja. @Profeco pic.twitter.com/8QKGKKQvU5
La Profeco advirtió en días pasados que sancionaría a tres aerolíneas que aplicaran cobro al equipaje de mano.
Exhortó a las aerolíneas AeroMéxico, Viva Aerobús y Volaris detener el cobro del equipaje de mano y evitar acciones legales en su contra.
La Profeco argumentó que el “equipaje de mano” se constituye como un elemento inherente al servicio de transporte aéreo, pues es parte de la consideración de que el pasajero requiere de ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino.
La procuraduría agregó en un comunicado que el cobro por equipaje de mano a pasajeros viola los derechos de los pasajeros, reconocidos tanto en la Constitución, como en la Ley de Aviación Civil y la Ley Federal de Protección al Consumidor.