Juez Federal deja sin efecto vinculación a proceso del exgobernador Roberto Borge

El inculpado no saldrá libre, porque en el amparo que obtuvo se ordena reponer el proceso y dictar un nuevo auto de vinculación a proceso

Escrito por: Azteca Noticias
borge 2
borge 2

Ciudad de México.- Un juez federal concedió un amparo a Roberto Borge Angulo, exgobernador de Quintana Roo, contra el inicio del proceso que se inició en su contra por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita; el mandato judicial establece que el Juez de Control debe argumentar con precisión cuáles son las pruebas que existen contra el ex funcionario y fundamente o motive un nuevo auto de vinculación a proceso.

El Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México informó que en el juicio de amparo 105/2018, que concedió la protección constitucional al ex gobernador de Quintana Roo tiene “el único efecto de dejar insubsistente el auto de vinculación a proceso que le fue dictado el 5 de enero del presente año, a fin de que el Juez de Control cite a una nueva audiencia donde funde y motive de manera correcta y suficiente la participación del quejoso en el delito que se le imputa”.

A Borge Angulo se le inició el proceso por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, en la modalidad de ocultar o pretender ocultar bienes dentro del territorio nacional, con conocimiento de que proceden de una actividad ilícita.

Sin embargo, el juzgado de amparo indicó que “la vinculación a proceso no satisface la debida fundamentación y motivación que exige el artículo 16 constitucional”, ya que “no fueron expuestas las causas o motivos por los que el juez consideró que tales indicios eran idóneos, pertinentes y suficientes para evidenciar el grado de responsabilidad del imputado”.

Al ex gobernador se le acusa de ser co-autor de lavado de dinero, entre otros elemento, porque designó a una persona como titular del Instituto de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, quien en uso de sus atribuciones transmitió la propiedad de 22 predios.

Aunque en el proceso el Juez de Control no argumentó en su decisión qué pruebas tomó en cuenta para concluir que Borge Angulo era copartícipe del delito, o qué indicios existen “que revelara algún acuerdo previo entre la co-imputada y el quejoso para la comisión del hecho delictuoso y que ello fuera parte de la segmentación en la pluralidad de conductas con el mismo propósito delictivo”.

En el amparo se establece además que “más allá de la argumentación expuesta por la Fiscalía respecto a la enajenación y adquisición de los predios materia de imputación por personas que se encuentran relacionadas con el círculo familiar del quejoso y los actos jurídicos hechos con posterioridad para ocultar o pretender ocultar los bienes; el juez de la causa no mencionó cuáles fueron aquéllos indicios que denominó periféricos o directos para tener como causa probable la intervención del quejoso en el hecho delictivo en su carácter de co-autor”.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a Fuerza Informativa Azteca en Google News!
Escrito por: Azteca Noticias

Otras Noticias

×