Tribunal ampara a niña con autismo para tener un horario normal de clases

El Tribunal señaló que sólo si existiera alguna razón médica o psicopedagógica se reduciría el horario.

Escrito por: Salvador Maceda
Niños estudiando
Niños estudiando

Ciudad de México.- Un tribunal federal ordenó al Instituto Patria, de la Ciudad de México, reincorporar al horario normal de clases a una alumna de primaria, a quien le fue restringida su estancia en la escuela por padecer autismo.

El Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa consideró que la disminución del horario basada en un reporte de conducta negativa dada su condición de espectro autista, representa una transgresión a sus derechos fundamentales y humanos.

Para los tres magistrados del tribunal, se violaron los derechos a no ser discriminada por su condición y a recibir una educación inclusiva, en la cual lejos de ser segregada, se propicie su integración a la comunidad escolar.

Tras amparar a la menor para ordenar su inclusión al horario normal advirtieron que si existiera alguna razón por la cual se tuviera que hacerse algún ajuste razonable, éste debe partir de alguna razón médica o psicopedagógica que lo avale.


Y sobre todo, señaló la sentencia, que respete los preceptos constitucionales y los Tratados Internacionales que protegen este grupo especial y siempre en favor del interés superior del menor.

De acuerdo con los antecedentes del caso, en forma arbitraria la directora del colegio particular determinó que la estudiante de 11 años de edad que padece autismo y cursa el quinto grado de primaria debía tener un horario diferente al resto de los alumnos.

Por ello redujo sustancialmente las horas de clase, además de condicionar su permanencia en la institución al cambio de maestra “sombra” quien acompaña a la menor, exigiendo injustificadamente ciertas características físicas.

En consecuencia la madre promovió un juicio de amparo alegando trato discriminatorio y excluyente; pero este le fue negado en principio por un juez de distrito.


Tras apelar la decisión, el expediente llegó al tribunal colegiado donde se resolvió que las personas con discapacidad tienen derecho a una educación inclusiva a todos los niveles, sin discriminación y en igualdad de oportunidades.

Lo anterior dice la sentencia, está reconocido tanto en nuestra legislación como en el derecho internacional, por lo que el Estado y los encargados de aplicar las disposiciones -escuelas privadas y públicas que impartan nivel básico de educación- tienen la obligación de respetarla.

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Escrito por: Salvador Maceda

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