Requisitos para buscar una candidatura independiente en Chiapas

El proceso de registro de aspirantes se llevará a cabo en dos periodos, con fechas específicas establecidas por el IEPC para el estado de Chiapas.

Escrito por: Ollinka Méndez
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El proceso de registro de aspirantes se llevará a cabo en dos periodos, con fechas específicas establecidas por el IEPC para el estado de Chiapas. | Unplash

El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) señala que todas las personas ciudadanas interesadas en postularse como candidatas independientes para los cargos de gubernatura del estado de Chiapas, diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa y Miembros de Ayuntamiento deben cumplir con ciertos requisitos.

El proceso de registro de aspirantes se llevará a cabo en dos periodos, con fechas específicas establecidas por el IEPC. En el primer periodo, que va del 1 al 22 de diciembre de 2023, se recibirán las manifestaciones de intención para todos los cargos mencionados. El horario de recepción de documentos será de 9:00 a 16:00 horas.

En el segundo periodo, que va del 2 al 8 de enero de 2024, se recibirán las manifestaciones de intención únicamente para el cargo de Gubernatura del Estado, Diputaciones Locales por el principio de mayoría relativa y Miembros de Ayuntamiento. El horario de recepción de documentos será de 9:00 a 16:00 horas, excepto el día 8 de enero, que se extenderá hasta las 23:59:59 horas.

¿Cómo iniciar el proceso registro?

Es importante destacar que los días comprendidos entre el 23 de diciembre de 2023 y el 1 de enero de 2024 se considerarán inhábiles, por lo que no se recibirán manifestaciones de intención en ese periodo.

Para iniciar el proceso de registro, las personas interesadas deberán llenar el formulario del Sistema Nacional de Registro del Instituto Nacional, el cual estará disponible en la página oficial del IEPC (www.iepc-chiapas.org.mx).

Cabe mencionar que el llenado de este formulario no garantiza la calidad de aspirante a una candidatura independiente, ya que esta se otorga únicamente cuando el Instituto aprueba el registro correspondiente.

La manifestación de intención deberá ser comunicada por escrito, en original y con firma autógrafa de la persona interesada, en las oficinas centrales del IEPC. El formato para realizar esta manifestación estará disponible en la página electrónica del Instituto en el apartado de candidaturas independientes.

El escrito de intención deberá contener la siguiente información mínima: la manifestación expresa de la intención de participar como persona aspirante a la candidatura independiente, el tipo de elección en la que se pretende participar, el domicilio para recibir notificaciones y la fecha y lugar de suscripción, nombre completo y firma de la persona interesada.

Además, la manifestación de intención deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  • El formato de registro impreso y el informe de capacidad económica con firma autógrafa
  • Acta constitutiva en original o copia certificada de la asociación civil registrada
  • El documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria que acredite el Registro Federal de Contribuyentes de la Asociación Civil
  • El contrato de apertura de cuenta bancaria a nombre de la asociación civil
  • Copia cotejada de la credencial para votar con fotografía de la persona aspirante, su representante legal y la persona encargada de la administración de los recursos, y una cuenta de correo electrónico para recibir notificaciones

Adicionalmente, se deberá presentar una manifestación por escrito en la que se indique que todos los ingresos de la cuenta bancaria serán fiscalizados en cualquier momento por el INE, así como una declaración bajo protesta de decir verdad en la que se asegure no aceptar recursos de procedencia ilícita, no haber ocupado un cargo de dirigencia en algún partido político en el último año, no estar participando en un proceso interno de algún partido político y no tener ningún otro impedimento legal para contender en la candidatura independiente.

Opcionalmente, se podrá presentar un emblema impreso y en formato digital que distinguirá a la persona candidata independiente. Este emblema deberá cumplir con ciertas características y no podrá ser igual o similar a los emblemas utilizados por partidos políticos con registro vigente.

En caso de que dos o más solicitudes de aspirantes coincidan en los elementos mencionados anteriormente, prevalecerá la solicitud que haya sido presentada primero. En este caso, se comunicará a los demás solicitantes para que modifiquen su propuesta en un plazo de 48 horas.

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Escrito por: Ollinka Méndez

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