Fiscales y policías de Michoacán no podrán ser considerados trabajadores de confianza

Relación con el Estado no es laboral, sino administrativa, así lo consideró la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Escrito por: Agustín Rodríguez
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Cd. de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó los preceptos de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y sus Municipios, donde se consideraba como trabajadores de confianza a los fiscales regionales y especiales, así como a los comandantes de policía, policías preventivos y de tránsito de los municipios de esa entidad.

Esto se resolvió así por el máximo tribunal después de que se analizó que los ministerios públicos o fiscales y los miembros de los cuerpos de seguridad pública, no son trabajadores al servicio del estado, tal como lo dispone el artículo 116, fracción IX, de la Constitución Federal, donde se establece el principio de autonomía de las funciones de procuración de justicia.

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Escrito por: Agustín Rodríguez

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