Proponen Monreal y Álvarez Icaza eliminar la figura de arraigo en la Constitución

No ha servido para reducir el crimen, aseguran.

Escrito por: José Ángel Gallegos
Brazalete de omnitoreo
Eliminan figura de arraigo domiciliario

Cd. de México.- En el Senado se presentó una iniciativa para eliminar de la constitución la figura del arraigo.

Los senadores Ricardo Monreal y Emilio Álvarez Icaza presentaron una iniciativa que deroga el octavo párrafo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La legislación actual señala que “la autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. Este plazo podrá prorrogarse, siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total del arraigo no podrá exceder los ochenta días.

“¿Por qué debe de eliminarse la figura del arraigo de la Constitución y de la Ley? Primero porque vulnera derechos humanos, hay pronunciamientos desde las comisiones de Derechos Humanos hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte de que es una figura inconstitucional.

Segundo argumento, ha favorecido y favoreció detenciones arbitrarias, incluso muchas de ellas motivadas políticamente, cuando argumenté en contra decía que era una figura perniciosa que violentaba la historia del constitucionalismo mexicano, alteraba el principio de presunción de inocencia y también el del debido proceso, sigo insistiendo y sosteniendo exactamente lo mismo”, argumentó el senador Ricardo Monreal.

El coordinador de Morena subrayó que en diez años, no ha logrado disminuir el fenómeno criminal, ni ha ayudado a fortalecer la investigación criminal ni la investigación de la averiguación, “por esa razón la incorporación de la figura jurídica denominada arraigo al texto constitucional fue desafortunada, y al tiempo después de diez años estamos planteando su desaparición, su eliminación, porque afecta también al principio garantista”.

Mientras que el senador Álvarez Icaza calificó al arraigo como un adefesio jurídico que deja a los afectados en una indefinición e indefensión jurídica, y se trata de una medida que ha sido censurada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas; el Comité de Naciones Unidas de la Tortura; la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; e incluso el congreso de Chiapas eliminó la figura de su legislación.

“La figura del arraigo, es indubitablemente contraria a los derechos humanos. Hay expertos y especialistas, incluso como Santiago Corcuera, que la han calificado como un adefesio en nuestra Constitución. Y hay distintos ordenamientos internacionales, nacionales, que han señalado la pertinencia, importancia y necesidad de eliminar ya la figura del arraigo. En realidad, es una especie de tipo de pena precondenatoria. En realidad, genera una condición donde se detiene para investigar, no se investiga para detener, que es absolutamente contrario al modelo de justicia que queremos construir. Y también la figura del arraigo favorece la detención de personas para que se pueda practicar la detención arbitraria o bien la práctica de la tortura”, apuntó el legislador sin grupo parlamentario.

Ambos legisladores coincidieron en que el arraigo es una herencia de la guerra contra el narco del entonces presidente Felipe Calderón.

Senadores de Morena, PAN, PRI, PVEM, MC y PES, se adhirieron a la propuesta. Mientras que el coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, Dante Delgado, enfatizó que la figura del arraigo ya no es aplicada, ya que en la actualidad se puede detener a cualquier persona con la prisión preventiva oficiosa.

La iniciativa fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales, y de Estudios Legislativos, para su análisis y dictaminación.

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Escrito por: José Ángel Gallegos

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