SCJN analizará impugnación a ampliación de facultades de Fiscalía de Tamaulipas

La SCJN aceptó analizar la impugnación contra la creación y ampliación de facultades en materia de seguridad pública de la Fiscalía de Tamaulipas.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó analizar la impugnación contra la creación y ampliación de facultades para la Fiscalía del estado de Tamaulipas, que impulsó y concretó el gobierno que encabezó Francisco Javier García Cabeza de Vaca.

Un ministro del máximo tribunal del país admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad planteada por diversos diputados integrantes del Congreso de Tamaulipas y pertenecientes a la bancada de Morena quienes señalaron que las reformas por las que se transfieren facultades en materia de seguridad pública y de inteligencia a la Fiscalía local buscan proteger al exmandatario.

“Se admite a trámite la acción de inconstitucionalidad que hacen valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que se puedan advertir de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”, señaló la SCJN.

¿Qué facultades fueron ampliadas a la Fiscalía de Tamaulipas?

Las reformas aprobadas en julio pasado, establecen que la Unidad de Inteligencia Financiera y Económica (UIFE), el Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública y el Grupo de Operaciones Especiales, entre otros órganos, dependerán de la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas.

“En cuanto a la solicitud de los promoventes, en el sentido de que se otorgue la suspensión respecto de la ejecución del Decreto impugnado por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación del Sistema de Seguridad Pública, la Ley de Seguridad Pública, y la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia, todas del Estado de Tamaulipas, dígaseles que no ha lugar a acordar de conformidad.”, señaló la SCJN.

“Lo anterior, toda vez que la admisión de una acción de inconstitucionalidad no da lugar a la suspensión de la norma cuestionada; en la inteligencia de que este medio de control abstracto se promueve con el interés genérico de preservar la supremacía constitucional, por lo que la naturaleza y características del mismo son diferentes a la controversia constitucional.”, agregaron.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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