El aguinaldo es una prestación que miles de trabajadores esperan con ansias; sin embargo, no todos cuentan con este beneficio ya que hay algunos patrones que se hacen de la vista gorda, mientras que algunos otros no lo reciben porque se encuentran bajo un régimen fiscal diferente.
El 20 de diciembre es la fecha límite para que los patrones les paguen a sus empleados el aguinaldo, de lo contrario se harán acreedores a una sanción económica de 4 mil 900 pesos por trabajador, siempre y cuando se acredite que no cumplió con su obligación.
Por ello, el secretario del Trabajo y Previsión Social de la Ciudad de México (CDMX), José Luis Rodríguez, mencionó que las autoridades intervendrán en caso de ser necesario, siempre y cuando se compruebe mediante una queja que él o los trabajadores no recibieron su pago.
“El aguinaldo, no necesariamente es una gratificación, es un derecho. Cuando se ve como una bonificación, mucha gente piensa que está a la voluntad del patrón el pagarlo, pero cuando se observa como derecho se debe ver como algo que es exigible, y para el cual labora el empleado en la empresa”, declaró.
El funcionario destacó la importancia de que la población sepa que tiene derecho al aguinaldo, pues hay gente que por desconocimiento no lo reclama. Así mismo, expuso que la Secretaría del Trabajo de la CDMX hace todo lo posible para proteger a los trabajadores.
“Hoy tenemos una precarización de las personas que realizan esta actividad: no tienen protección, pero sí empobrecimiento y no acceden a servicios médicos, mientras que las empresas tienen ganancias, ganancias y más ganancias”, añadió.
Te puede interesar: Aguinaldo 2022: ¿Cuándo depositan y cuánto te corresponde?
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo?
El aguinaldo es una prestación laboral protegida por la Ley Federal del Trabajo (LFT) desde hace más de cinco décadas y su monto no puede ser inferior a 15 días de salario.
De acuerdo con el artículo 87 de la LFT, los “trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) señala que todos los trabajadores de base, confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, sujetos a prueba o capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.
¿Cómo calcular el monto que debes recibir por el aguinaldo?
La legislación menciona que no puede ser inferior a 15 días de salario, cuando una persona trabajó menos de un año recibirá una parte proporcional, es decir, menos de una quincena completa.
Para empleados con un año completo de servicio, la forma de calcular la prestación es tomando como base el salario mensual. Por ejemplo, si una persona percibe 10,510 (dos salarios mínimos) al mes debe dividir esta cantidad entre 30 para obtener su salario diario, que, en este ejemplo, es de 350 pesos. Posteriormente, los 350 pesos se multiplican por 15 días, que es lo que marca la ley. Esto quiere decir que la persona deberá recibir un total de 5,250 pesos de aguinaldo.
En caso de que una persona no cuente con un año completo, la fórmula cambiará un poco. En el mismo ejemplo de los 10,510, primero se debe obtener el monto diario (5,250 pesos) y dividirlo entre los 365 días del año, lo cual da un total diario de 14.3 pesos. Este valor se tendrá que multiplicar por el tiempo efectivo de trabajo (meses de servicio).

![Logo de Azteca UNO [KEY]](https://tvazteca-tvazteca-prod.web.arc-cdn.net/resizer/v2/HM5EO6UQ55AGPPPYEOAPCABUZE.png?auth=0eca3e21ffb8490885f70505e70b99f594d0144cebb7a3b21d9671b39819bf12)
![Logo de Azteca 7 - Principal [KEY]](https://tvazteca-tvazteca-prod.web.arc-cdn.net//resizer/v2/DMKVCXUC55ACNEWEA3DFQD5VWM.png?auth=fb6254b0f420cddce1fbb22b496e2a4f035751f495499454f779d1a8d2b97c62)









