Pensión de desaparecidos pasará a beneficiarios

Media entrará en vigor una vez que el presidente la promulgue.

Escrito por: Maxi Peláez
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Cd. de México.- La Cámara de Diputados aprobó permitir que cuando una persona pensionada este desparecida por más de un mes, los beneficiarios puedan recibir la pensión que le otorga el IMSS, tal como hoy lo pueden hacer los afiliados al ISSSTE.

Con 369 votos los diputados adicionaron el artículo 137 Bis a la Ley del Seguro Social, misma que turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y entrada en vigor.

El decreto señala que los beneficiarios del titular desparecido recibirán la pensión en los términos de causa de muerte, seguro de invalidez o de vida con carácter provisional.

Para ello, bastará que se compruebe el parentesco y la desaparición del pensionado, con la exhibición de la denuncia presentada ante el ministerio público correspondiente.

La reforma estipula que los beneficiarios contaran con el derecho a los servicios médicos del Seguro Social.

También prevé que en caso de que el titular de la pensión aparezca, sin importar el tiempo, podrá recuperar su pago.

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Escrito por: Maxi Peláez

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