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Avalan hasta 17 años de cárcel por difundir imágenes de cadáveres

La Cámara de Diputados aprobó reformas la Ley General de Salud, en materia de dignidad póstuma; estipula penas por difusión de imágenes cadáveres.

Fallecen tres pacientes en el IMSS a causa de la explosión del gasoducto Fallecen tres pacientes en el IMSS a causa de la explosión del gasoducto (JOSÉ PAZOS/NOTIMEX)

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó reformas la Ley General de Salud, en materia de dignidad póstuma. Se estipula cárcel de hasta 17 años y multa a quien difunda imágenes explicitas de cadáveres sin consentimiento de los familiares directos de la víctima.

En el caso de la difusión de fotos para fines periodísticos se podrá hacer siempre y cuando no se vulnere la dignidad póstuma del cadáver. "Quedan exceptuadas las imágenes de cadáveres para fines ministeriales”.

El dictamen Establece que los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados “con dignidad póstuma, es decir, trato digno, respeto y consideración a los valores y cadáver de una persona”.

Se dispone que la dignidad póstuma deberá existir desde la prestación de servicios funerarios, el ingreso y salida de cadáveres del territorio nacional, en la práctica de necropsias, utilización de restos mortales o parte de ellos de personas conocidas, con fines de docencias e investigación y en la decisión del destino final de un feto, entre otras.

La reforma fue validada con 21 votos a favor, dos en contra y cinco abstención. El dictamen se turnó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.