La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar a Héctor Taurino Landa Cabrera, exfuncionario del Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien buscaba revocar el proceso iniciado en su contra por un supuesto enriquecimiento ilícito de 21.9 millones de pesos.
A propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, la Primera Sala del máximo tribunal del país negó por unanimidad declarar inconstitucional la tipificación del enriquecimiento ilícito contemplada en el Código Penal Federal.
“En conclusión, la porción normativa impugnada no impone una carga de probar la inocencia, sino que señala la forma en que puede hacerse frente, si así lo desea la persona servidora pública, a una acusación en su contra por un enriquecimiento que se presume ilícito”, concluyó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Antes de la votación del caso, la ministra Margarita Ríos Farjat solicitó que se le declarara impedida para participar en su resolución, debido a que fue jefa del SAT en 2019.
Explicó a sus colegas que tuvo conocimiento de este asunto, aunque aseguró que no tuvo injerencia directa, pero pidió que se le excusara de votar para mantener el principio de seguridad jurídica, lo cual le fue autorizado por los demás ministros.
Según registros judiciales, Héctor Taurino Landa Cabrera comenzó a trabajar en el SAT en 2011 y ascendió hasta ser administrador Central de Coordinación Estratégica de la Administración General de Grandes Contribuyentes, hasta 2018, cuando se descubrió que una empresa facturera le había regalado una residencia con valor comercial de 15 millones de pesos.
La FGR encontró que hbía adquirido vienes de más de 20 millones de pesos
Ante esto, la Fiscalía General de la República (FGR) investigó sus bienes y encontró que había adquirido otros inmuebles, por un total de 21.9 millones de pesos, valor que superaba sus ingresos como funcionario del SAT, por lo cual lo acusó formalmente por enriquecimiento ilícito.
Landa Cabrera aseguró ante tribunales que el artículo 224 del Código Penal Federal, donde se tipifica el delito de enriquecimiento ilícito es inconstitucional pues, a su parecer, violaba los principios de legalidad y presunción de inocencia.
Sin embargo, para la Corte el hecho de que la autoridad señale la cantidad de bienes que posee un funcionario, cuando estos exceden su capacidad económica conforme a su salario, no prejuzga sobre su origen ilícito.