La Suprema Corte aceptó analizar un amparo promovido por organizaciones civiles contra la creación del Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México, el cual fue creado para facilitar la identificación de agresores sexuales.
Agrupaciones como Reinserta y Red en Defensa de los Derechos Digitales argumentaron ante el máximo tribunal que con dicho registro aprobado por el Congreso capitalino se viola la presunción de inocencia y el derecho a la privacidad.
En los próximos meses deberán analizarlo
El amparo en revisión 39/2022 fue turnado a la ministra Margarita Ríos Farjat quien, en los próximos meses, deberá elaborar un proyecto de sentencia para presentarlo a sus colegas de la Primera Sala y que el asunto sea resuelto en definitiva.
Lo anterior luego de que un juez en materia penal de la Ciudad de México desechó el litigio promovido por las organizaciones de la sociedad civil tras considerar que no podían comprobar que la creación del banco les causara ningún daño real.
Organizaciones señalan que se violan Derechos Humanos
Las agrupaciones que llevaron el caso ante la Suprema Corte señalan que estas acciones del gobierno capitalino “violan los derechos de protección de datos, presunción de inocencia, debido proceso, intimidad o privacidad, en virtud de su especial situación frente al orden jurídico”.
Mismos argumentos con los que se logró que un tribunal federal en materia penal de la capital del país revisara el caso y señalara que sí tienen interés legítimo para promover este amparo aunque considerara necesaria la intervención de la SCJN.
Según registros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el amparo señala que la creación del banco de ADN violaría “los derechos humanos contenidos en los artículos 1º, 14, 16, 20 y 22 constitucionales”.
Además, se expone que el poner los datos genéticos en manos del gobierno supone señalar permanentemente a las personas que han cumplido sus sentencias como “sospechosos comunes”, lo cual vulnera sus derechos fundamentales.