La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dispuso que el Instituto Nacional Electoral (INE) realice el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente y tanto como lo permita el presupuesto que al día de hoy tiene asignado.
A través de un acuerdo, el ministro Juan Luis González modificó las medidas cautelares dictadas el año pasado ante una demanda del INE y blindó a los consejeros electorales de responsabilidades penales o administrativas por este tema.
“Se modifica la suspensión decretada el diez de diciembre de dos mil veintiuno, solicitada por el Instituto Nacional Electoral, para que lleve a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado; así como para que no se ejecute la resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto”, señala el acuerdo.
La suspensión de diciembre de 2021 ordenaba organizar la consulta con los recursos asignados
Esta modificación se da luego de que el Instituto presentó nuevos hechos relacionados con su controversia inicial, entre ellos la denuncia penal promovida por el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, Sergio Carlos Gutiérrez Luna, en contra de los consejeros electorales, luego de que éstos anunciaron su propósito original de retrasar la revocación de mandato.
La suspensión del 10 de diciembre de 2021 ordenaba al INE organizar la consulta pública con los recursos que tiene asignados y negó proteger a sus funcionarios contra cualquier responsabilidad en la que pudieran incurrir ante la imposibilidad de concretar el proceso.