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En Hechos Meridiano queremos invitarlas a compartir con nosotros y escuchar sus anécdotas y experiencias, porque mamá siempre nos enseña grandes lecciones.

Estos son los únicos vehículos que pueden circular en los carriles centrales de Periférico

Estos son los vehículos que no tienen permitido circular en los arriles centrales de Periférico en CDMX. Aquí te contamos cuál es la multa por hacerlo.

Escrito por: Jennifer García
segundo piso
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La Ciudad de México (CDMX) cuenta con algunas arterias vehiculares importantes que conectan a la capital, una de ellas es el Periférico; sin embargo, no todos pueden hacer uso de esta vía.

El Reglamento de Tránsito capitalino establece cuáles son los vehículos que pueden circular en los carriles centrales de Acceso Controlado, los cuales son:

  • Anillo Periférico
  • Circuito Interior

¿Los camiones tienen permitido circular en Periférico?

De acuerdo con el Artículo 26, los conductores de transporte de carga tienen prohibido “circular por carriles centrales y segundos niveles de las vías de acceso controlado cuando se trate de vehículos de peso bruto vehicular de diseño superior” a 3,8 toneladas.

Los camiones que infrinjan esto recibirán una multa equivalente 100, 200 o 300 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, lo cual equivale a 10 mil 857, 21 mil 714 o 32 mil 571 pesos mexicanos. Además los conductores perderán tres puntos de la licencia de conducir.

¿Camiones de transporte público pueden circular sobre Periférico?

Por otro lado, el Artículo 23 indica que tampoco podrán acceder a las vías de Acceso Controlado en la CDMX los vehículos de transporte público “a menos que esté expresamente autorizado para hacerlo”.

Aquellos que infrinjan esto recibirán una sanción de 20, 30 o 40 veces la Unidad de Medida y Actualización, lo que se traduce a 2 mil 171, 3 mil 257 o 4 mil 342 pesos. Asimismo, perderán seis puntos a la licencia para conducir.

¿Qué motos tienen prohibido entrar a los carriles centrales de Periférico?

De igual forma, en el caso de las motos, el Reglamento de Tránsito establece que no podrán usar los carriles centrales aquellos vehículos cuya dimensión sea menor a 250 centímetros cúbicos.

La multa por hacerlo va de las 10 a las 20 UMAs, lo que quiere decir que los motociclistas infractores deberán pagar de mil 85 a 2 mil 171 pesos.

Cabe señalar que para todos los autos y camionetas que sí puedan circular sobre los carriles centrales de Periférico, la velocidad máxima permitida es de 80 km/h.

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Escrito por: Jennifer García

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