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Ministra propone descongelar primera parte de Plan B electoral

Para descongelar el primer paquete del Plan B de reformas electorales, basta con que tres ministros de la Corte voten a favor del proyecto de Ortiz

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Loretta Ortiz propondrá a sus compañeros de la Segunda Sala revocar el freno impuesto por el ministro Alberto Pérez Dayán a la primera parte del Plan B en materia electoral en el Estado de México y Coahuila.

La propuesta de Ortiz Ahlf pretende dar la razón a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y levantar la suspensión que prevalece desde el 21 de febrero sobre las reformas a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Para descongelar el primer paquete de reformas electorales que la oposición llevó hasta el máximo tribunal del país basta con que tres ministros voten a favor del proyecto de Ortiz.

Ministra propone dar la razón a la Consejería Jurídica de Presidencia por Plan B

Se trata del recurso de reclamación 27/2023-CA promovido por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal para que la Corte analice la legalidad del acuerdo de Pérez Dayán, por el cual se concedió la medida cautelar dentro de las acciones de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, promovidas por diversos partidos políticos de oposición.

El pasado 21 de febrero Pérez Dayán explicó que la Constitución ordena que las leyes electorales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales.

¿Cuáles son los argumentos del ministro que congeló primera parte del Plan B?

“Tanto la fecha en que se presentó la iniciativa que culminó con el Decreto impugnado, como la de su publicación, se ubican precisamente dentro de los noventa días a que hace referencia la veda impuesta en el texto constitucional.

“Hasta en tanto se dicte sentencia en este medio de control constitucional, ha lugar a suspender los efectos y consecuencias del Decreto para que no rija en las entidades federativas a que se ha hecho referencia; considerando que el contenido del Decreto reclamado puede calificarse como una modificación legal fundamental”, argumentó el ministro.

¿Qué recursos legales se han interpuesto contra el Plan B?

Las primeras acciones de inconstitucionalidad fueron presentadas desde el 23 de enero pasado por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) y casi un mes después la Corte aceptó analizarlas mediante un acuerdo de Alberto Pérez Dayán.

“Ha lugar a conceder la medida cautelar solicitada,para el efecto de que el Decreto combatido no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo, esto es, los correspondientes al Estado de México y Coahuila, pues de no concederse podrían causarse afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”, expuso el 21 de febrero.

Aún está pendiente que el máximo tribunal analice las impugnaciones desde la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal al freno impuesto el viernes 24 de marzo por el ministro Javier Laynez a la segunda parte del Plan B ante una posible violación a los derechos político electorales de la ciudadanía.