La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) no puede resolver permisos de fusión entre empresas del sector energético sin contar con una opinión previa de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
A propuesta del ministro Jorge Pardo Rebolledo, la Primera Sala del máximo tribunal invalidó la resolución RES/133/2021 de la CRE, en la cual rechazó autorizar la participación cruzada de la empresa comercializadora de combustibles Trafigura en otra empresa que cuenta con permiso de almacenamiento de petrolíferos.
"Es procedente y fundada la presente controversia constitucional 55/2021. Se declara la invalidez de la resolución reclamada", sentenció la Sala de la SCJN en su sesión de este miércoles.
La @SCJN reiteró que la @CRE_Mexico no puede resolver autorizaciones de fusión entre empresas del sector energético sin contar con una opinión previa de la @cofecemx.
— Azteca Noticias (@AztecaNoticias) April 6, 2022
Gobierno no puede inferir alianzas entre empresas que ya tienen opinión de la Cofece: SCJN
El 16 de marzo de 2021 la CRE negó el permiso solicitado por Trafigura y sus filiales NGL Equipments y SIADSA, para integrarse verticalmente con TP Terminals a pesar de que ya se contaba con la opinión favorable de la Cofece.
Para la CRE las leyes de Hidrocarburos y de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética eran claras al establecer que son la autoridad encargada de vigilar condiciones de competencia efectiva en el mercado, mientras que la Cofece solo emite opiniones.
Al llegar el caso a la SCJN, el ministro Pardo Rebolledo elaboró una propuesta en la que se planteó que el gobierno no puede impedir fusiones, alianzas y participaciones cruzadas de empresas del sector energético, que ya cuentan con aprobación de la Comisión Federal de Competencia Económica.