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Suprema Corte avala reforma al sistema de pensiones

En reforma a sistema de pensiones de 2020, se aumentó el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores por cesantía en edad avanzada y vejez

Pensión a adulto mayor (TVA)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló este miércoles cambios al sistema de pensiones, que se concretaron con la reforma de 2020 al sistema de aportaciones para el retiro, así como el incremento de los pagos que deben realizar los patrones y que comenzará a aplicarse en enero de 2023.

A propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, la Segunda Sala rechazó por unanimidad amparar a una empresa que argumentaba que es desproporcional dejar en manos de los patrones el financiamiento al régimen de pensiones para cesantía en edad avanzada y vejez.

Corte niega la razón a empresa en tema del sistema de pensiones

“Tampoco le asiste la razón a la quejosa al señalar que con la reforma del artículo 168, específicamente, a la fracción II, se deja solamente a la parte patronal la carga social de las pensiones en el ramo de cesantía en edad avanzada y vejez.

“Contrario a lo indicado, de la citada fracción, en su inciso b), se advierte que los trabajadores también participan con sus aportaciones -del 1.125% sobre el salario base de cotización- a fin de contribuir para el pago de las pensiones de dicho ramo”, concluyó la Suprema Corte.

Reforma de 2020 aumenta monto de la pensión garantizada a trabajadores

Conforme la reformapublicada el 16 de diciembre de 2020, se aumentó el monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores que, cumpliendo con los requisitos para gozar de las prestaciones por cesantía en edad avanzada y vejez, no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensión mayor.

De esta forma, explico la Corte, se determina tomando como punto de partida el promedio mensual del salario base de cotización en lugar de toparlo a un salario mínimo mensual como se realizaba en la ley anterior

A partir de enero patrones deberán incrementar cuota para pensiones

Desde enero, los patrones tendrán que incrementar esta cuota gradualmente, hasta llegar en 2030 a un máximo de 11.875 por ciento del salario para quienes ganan más de 4 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, 11 mil 700 pesos mensuales.

Dentro de la Ley del Seguro Social, el artículo 170, regula el otorgamiento de una pensión garantizada la cual es aquella pensión que el Gobierno Federal asegura, cuando los recursos acumulados en la cuenta individual del asegurado son insuficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado , con lo cual el Estado asegura el disfrute de una pensión mínima.

La pensión mínima, hasta antes de la reforma era de un salario mínimo, por lo que una vez agotados dichos recursos, el Instituto Mexicano del Seguro Social continuaría otorgando la pensión garantizada.