Al darle la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) efectos retroactivos a su decisión de invalidar el delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz, todos aquellos que hayan sido acusados desde el 12 de marzo de 2021 por esto podrán obtener su libertad siempre y cuando no hayan sido imputados por otros ilícitos.
Este martes el tribunal pleno culminó con el análisis de las impugnaciones al Código Penal veracruzano por lo que quedó abierta la puerta para que quienes actualmente están presos bajo este cargo puedan solicitar su inmediata libertad.
“La declaratoria de invalidez se propone que surta efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021 fecha en que ese ordenamiento legal entró en vigor, a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado. Para el eficaz cumplimiento se propone también notificar al titular del Poder Ejecutivo y al Supremo Tribunal de Justicia ambos del Estado de Veracruz”, se señaló.
Se declaró inconstitucional e inválido el artículo 331 del Código Penal de Veracruz
El lunes, el máximo tribunal del país declaró inconstitucional e inválido el artículo 331 del Código Penal de Veracruz, sobre el delito de ultrajes a la autoridad. Una mayoría de ministros coincidió en que se violaban los derechos humanos y se limitaba la libertad de expresión.
"En una sociedad donde prima la libertad de expresión, no puede quedar al gran margen de apreciación de la autoridad cuándo una conducta es ofensiva o injuriosa o amenazante o agresiva, como dice el artículo", expuso la ministra Margarita Ríos Farjat.
Se destacó que el Congreso de Veracruz, usó las expresiones amenazas y agresiones de forma equivocada y como si fueran sinónimo además de que no logró plasmar la diferencia entre una agresión física y una verbal.