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Corte desecha amparo a Arquidiócesis de Guadalajara sobre impuestos

La Suprema Corte desechó un amparo promovido por la Arquidiócesis de Guadalajara contra la Hacienda de Jalisco, buscaba evitar el pago de impuestos.

La Suprema Corte desechó un amparo promovido por la Arquidiócesis de Guadalajara, encabezada por el cardenal Francisco Robles Ortega, contra la Secretaría de la Hacienda Pública de Jalisco con el que se buscaba evitar el pago de impuestos sobre nóminas.

En su litigio, el Arzobispado de la capital jalisciense pretendía exentar el pago de dicho arancel al considerar que es una institución sin fines de lucro que se dedica a la asistencia social como asociación religiosa.

Sin embargo, en un acuerdo de la Corte firmado por el ministro presidente, Arturo Zaldívar se destacó que la demanda de amparo de la Arquidiócesis de Guadalajara no reúne los requisitos de trascendencia e importancia para el sistema judicial mexicano por lo que debía desecharse.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó:

La Arquidiócesis debera pagar impuestos sobre nóminas desde 2015

De esta forma quedará firme la sentencia del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Jalisco cuyos magistrados rechazaron amparar a la Arquidiócesis de Guadalajara y por lo cual deberán pagar el impuesto sobre nóminas que adeudan desde 2015.

“Las asociaciones religiosas tienen un fin y realizan una función meramente de propagación de su doctrina y de culto público religioso (pues así lo determina la ley de la materia), sin que dicha actividad encuadre en ninguna de las hipótesis que establece el Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco, a efecto de considerarlas como de asistencia social.

“De ahí que no es posible pretender calificar a una Asociación Religiosa como una de asistencia social; tanto es así, que el propio artículo 9 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público establece la posibilidad de que las asociaciones religiosas puedan participar para la constitución o administración de “Asociaciones de Asistencia Privada”, señala la sentencia del tribunal.

El litigio comenzaría en diciembre de 2018 llegando a su fin este jueves

Incluso, los magistrados explicaron que la legislación es clara al establecer la diferencia de dichas asociaciones pues, por un lado, una se enfoca en el aspecto de propagación de su doctrina y culto religioso, mientras otras tienen como finalidad la realización de actividades de asistencia social sin que ello impida a las asociaciones religiosas el poder realizar actividades de esta última índole.

“Sin embargo, dicha actividad deberá de ser realizada a través o en cooperación con una asociación de asistencia privada que este legalmente constituida. Es imposible pretender sostener que se trata de situaciones análogas frente a la ley, y que ilegalmente reciben un trato inequitativo”, sentenció el tribunal.

Incluso, la Iglesia católica colabora con organizaciones enfocadas principalmente a la asistencia social como Cáritas de México o Internacional, agrupación que según la ley sí está exenta del pago de impuesto sobre nómina.

La petición de la Arquidiócesis de Guadalajara a la Hacienda estatal para que se le considerara como exenta del pago de impuesto sobre nóminas se realizó el 26 de agosto de 2015 cuando el cardenal Francisco Robles Ortega ya llevaba poco más de tres años al frente del Arzobispado. El litigio comenzaría en diciembre de 2018 llegando a su fin este jueves.