¿A fumar a su casa? Esto dice la Ley General para el Control del Tabaco

De acuerdo con Ley General para el Control del Tabaco, no se podrá fumar en parques de diversiones, estadios, mercados y paraderos, entre otros sitios.

Por: Roberto Ruiz

Hasta tres mil pesos de multa podrían pagar las personas si prenden un cigarro en cualquier espacio público, como terrazas, estadios, playas, mercados y paraderos. Van a poder fumar en su casa y en áreas diseñadas exclusivamente para ese fin.

Con las modificaciones a la Ley General para el Control del Tabaco se amplió la lista de espacios de concurrencia colectiva en donde no se puede fumar, hacerlo en lugares prohibidos podría acarrear una multa o un arresto de 36 horas.

“Las reglas están claras y son sumamente extremas, pero qué va a pasar con aquellos que prendan su cigarro”. Si los detectan, les pedirán que los apaguen, si no lo hacen, la legislación considera un arresto de hasta 36 horas y multas de hasta 3 mil pesos.

El decreto presidencial también establece que los productos de tabaco no van a poder exponerse para su venta.

Por ese motivo, los empresarios preparan amparos ante una medida que consideran ilegal y que creen, fomentará el contrabando en un producto que es completamente legal.

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