México se suma a demanda de Sudáfrica contra Israel por caso de genocidio en Gaza

El gobierno de México solicitó adherirse a la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel ante la Corte Internacional de Justicia por el genocidio en Gaza.

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Escrito por: César Contreras

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La representación de México se unió al caso de Sudáfrica contra Israel. | Reuters / Pexels.

El gobierno de México se integró a la demanda que interpuso Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por el crimen de genocidio cometido por Israel contra la población en Gaza.

La CIJ mencionó que la representación mexicana registró una declaración de intervención en el caso al invocar el artículo 63 del Estatuto de dicha corte.

Ya que el país ratificó dicho tratado, “busca intervenir a fin de proporcionar su opinión sobre la posible interpretación del contenido de las disposiciones de la Convención relevante en este caso”, menciona el comunicado de la CIJ.

Hace cuatro días, el 24 de mayo, la CIJ ordenó a Israel que detenga sus operaciones militares en Rafah, al sur del enclave. Cabe recordar que la Corte no cuenta con medios propios para hacer cumplir sus sentencias.

“El Estado de Israel deberá (…) detener inmediatamente su ofensiva militar, y cualquier otra acción en la gobernación de Rafah, que pueda infligir a los palestinos en Gaza condiciones de vida que puedan provocar su destrucción física, total o parcial”, afirmó Nawaf Salam, presidente de la CIJ, al leer el fallo.

Apenas ayer, la milicia israelí bombardeó un campo de refugiados, el cual dejó un saldo de más de 40 muertos , entre ellos, mujeres y niños.

¿Qué argumentó México para ingresar al caso contra Israel?

En su declaración registrada ante la CIJ el 24 de mayo de 2024, el gobierno Mexicano pide la prevención del crimen de genocidio en la Franja de Gaza por parte de Israel.

En sus argumentos, señala la destrucción del legado cultural contra un grupo protegido, la obstrucción del acceso a ayuda humanitaria, así como la existencia de crímenes relacionados al genocidio .

¿Qué dice el artículo 63 de la Corte Internacional de Justicia?

El artículo 63 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia menciona la participación de otros Estados que forman par de un proceso. La parte dos del dicho artículo, que forma parte del Capítulo III referido al procedimiento, especifica que:

“Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él”, menciona el estatuto.

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