PRI pagará multa por vender padrón electoral antes de las elecciones

El Padrón Electoral y de la Lista Nominal del Registro Federal de Electores, otorgados al PRI, se vendían en internet a través de Mercado Libre.

Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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| Crédito: INE

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) deberá pagar la multa impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) debido al uso indebido del Padrón Electoral y de la Lista Nominal del Registro Federal de Electores, mismo que se vendían en internet a través de Mercado Libre.

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Consejo General del INE.

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Con esta resolución, los magistrados rechazaron que el PRI pague la multa después de las elecciones de junio, por lo que deberá comenzar a pagar la sanción económica que asciende a 84 millones 388 mil 178.20 pesos.

Ante ello, el PRI argumentó que pagar a seis mensualidades la multa afectaría su desempeño en igualdad de condiciones en el proceso electoral 2020-2021.

Los magistrados consideraron que son inoperantes los agravios que acusa el PRI, ya que la Sala Superior ya se había pronunciado al respecto, y en esa ocasión determinó la validez de la sanción.

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El 4 de febrero de 2021, la Sala Superior concluyó que la petición del PRI para que el cobro de la multa se hiciera después del proceso electoral 2020-2021 no se tramitó frente a la autoridad responsable; además, contrario a lo que acusaba el PRI, el INE sí tomó en cuenta las condiciones específicas del partido, por lo que se decidió fraccionar el cobro de la multa en seis mensualidades.

¿Por qué sancionaron al PRI?

En febrero de 2015, el INE entregó al PRI la Lista Nominal de Electores de Revisión (LNER), en el marco de las elecciones de 2014-2015.

El 3 de octubre de 2018, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores tuvo conocimiento de que en Mercado Libre se vendía la “Base de Datos INE 2018” por dos mil pesos, por lo que se reportó a la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE, que detectó que el archivo ofertado en internet era el que se había entregado al PRI.

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El 26 de noviembre de 2020, el Consejo General del INE sancionó al PRI con la reducción del 10% del financiamiento público ordinario que le corresponde y el 4 de febrero de 2021, la Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución.

Así, el 9 de febrero de 2021, el PRI presentó un escrito ante el INE, solicitando nuevamente que, por las condiciones económicas que afronta, se le cobrara la multa una vez concluido el proceso electoral 2020-2021.

No obstante, el 26 de febrero, el INE declaró improcedente la solicitud del PRI, porque modificar una determinación previamente aprobada por el Consejo General atentaría contra el principio de certeza jurídica y definitividad.

En contra de esta determinación, el PRI interpuso, el 2 de marzo, recurso de apelación que finalmente fue resuelto en el TEPJF.

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