Durante la tarde del miércoles 20 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que en un periodo de 10 meses, contemplado desde febrero 2022 a diciembre 2023, alrededor de 6 mil 636 migrantes tramitaron su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como personas físicas,
“Este esquema inició en febrero de 2022: permite a migrantes presentar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98 por ciento del total de atenciones”.
Tras dar a conocer cuántos migrantes tramitar el RFC, dieron a conocer los pasos a seguir en caso de aún no obtenerlo y quererlo hacer; aquí te compartimos el paso a paso.
Paso a paso para obtener el RFC para migrantes
¡Atención! Para tramitar el RFC es importante agendar una cita a través del sitio oficial del SAT, posteriormente es necesario presentar una estancia de residencia temporal o permanente, mismo que será rigurosamente revisado por el Instituto Nacional de Migración (INM), quienes lo emitirán.
Otos documentos que se pueden presentar aparte de la residencia temporal son:
- De visitante por razones humanitarias.
- De visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
- De visitante trabajador fronterizo.
- De residente temporal o estudiante.
De igual manera el comprobante de domicilio es importante siempre y cuando no exceda los cuatro meses, así como un documento emitido por la Comisión Mexicana de Ayuda de Refugiados (Comar) que sirve como reconocimiento de calidad de refugiado.
#ComunicadoSAT
— SATMX (@SATMX) December 20, 2023
El SAT informa que de febrero de 2022 al 15 de diciembre de 2023 se tramitaron 6 mil 636 RFC de migrantes.
Lo anterior en el marco del mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos… pic.twitter.com/lo8XP368kc
¿Qué es el RFC y para qué sirve?
De acuerdo con las autoridades, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) funciona como una clave de registro única, y sirve para identificar a todas aquellas personas que realizan algún tipo de actividad económica, deban contribuir con el gasto público ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT); sin embargo, esta se utiliza para lo siguiente:
- Pago de impuestos y obligaciones fiscales.
- Acceder a cuentas bancarias o tarjetas de crédito.
- Acceder a programas de seguridad social.
- Participar en AFORES.