Corte invalida prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales

La SCJN invalidó la prisión preventiva para quienes cometen delitos fiscales como defraudación, contrabando y facturación de operaciones inexistentes.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Delitos fiscales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prisión preventiva de oficio establecida para quienes cometen delitos fiscales como defraudación, contrabando y facturación de operaciones simuladas o inexistentes.

Este lunes los ministros del máximo tribunal analizaron las acciones de inconstitucionalidad promovidas por senadores de oposición y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del decreto del 8 de noviembre de 2019 que sumó los delitos fiscales en el listado de ilícitos que merecen prisión preventiva oficiosa.

Fueron invalidados algunos artículos

Tras destacar la importancia de erradicar la violación de los derechos humanos, una mayoría de ministros coincidió en que con esta reforma el Poder Legislativo excedió sus facultades al extender la prisión preventiva de oficio a delitos no contemplados en el artículo 19 de la Constitución.

De esta forma se invalidó el artículo 5 fracción XII, de la Ley de Seguridad Nacional que coloca a estos ilícitos entre las conductas consideradas como amenazas a la seguridad nacional y el artículo 167, párrafo sexto fracciones I, II y III que los agrega como delitos que merecen prisión preventiva de oficio.

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Será este martes cuando el tribunal pleno revise las reformas a la ley de Delincuencia Organizada, al Código Fiscal de la Federación y el argumento de que con dichas modificaciones el Congreso incurrió en una regresión que atenta contra los derechos humanos y viola la Constitución.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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