Corte ordena a Tribunal revisar si Conade indemniza a la esgrimista olímpica Paola Pliego

Un tribunal federal de la CDMX deberá revisar pruebas contenidas en el caso y tomar una decisión sobre las omisiones de la Conade.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Corte ordena indemnizar a Paola Pliego esgrimista olímpica
| MARTHA MONTALVO MUNOZ

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que la esgrimista Paola Pliego reciba una indemnización de 15 millones de pesos de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), por un falso positivo en una prueba antidoping, que le impidió competir en los Juegos Olímpicos de Río de Janeiro 2016.

El Tribunal deberá analizar las pruebas contenidas en el caso

A propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat, por mayoría de cuatro votos, la Primera Sala ordenó este miércoles a un tribunal federal de la Ciudad de México revisar de nueva cuenta una serie de pruebas contenidas en su caso y tomar una decisión sobre las omisiones de la Conade.

Para Ríos Farjat la Conade tuvo oportunidad en todo el litigio de acreditar que actuó con debida diligencia al analizar las muestras biológicas de Paola Pliego, derivado de su naturaleza y las funciones de interés público que desempeña como máxima autoridad en el deporte mexicano.

“La Conade es la institución encargada del fomento, la administración y la regulación de las políticas públicas vinculadas con la cultura física y el deporte (lo cual logra a través del ejercicio de recursos públicos), es del interés de la sociedad que sea la propia institución la que acredite que los fines para los cuales fue creada se cumplen, así como que los recursos públicos que se le destinan se usan de modo eficiente.

Máxime si se toma en consideración el impacto y costo social que puede llegar a tener el hecho de afirmar que una atleta mexicana de alto rendimiento, en quien se han invertido parte de esos recursos públicos y que en un momento determinado cumplió los requisitos para representar a México en unos Juegos Olímpicos, dio positivo a la presencia de una sustancia prohibida en su cuerpo derivado de la práctica de una prueba antidopaje, lo que resultó en su descalificación de la mencionada justa deportiva”, sentenció la SCJN.

La determinación del máximo tribunal del país no implica que la Conade de forma automática deberá indemnizar y pagarle a la atleta, sino que un tribunal deberá resolver con lo que ya se ha aportado en el litigio en el que Paola Pliego ya ha obtenido dos resoluciones favorables.

El falso positivo en la prueba impidió que Paola Pliego participara en los juegos olímpicos

Y es que en 2016 la esgrimista fue sometida a una prueba antidoping en el Laboratorio Nacional de Prevención y Control del Dopaje de la Conade, que dio positivo a modafinilo, una de las sustancias cuyo consumo está prohibido para los atletas de competencias internacionales.

Debido a lo cercano de los Juegos Olímpicos el resultado impidió que Pliego Lara participara sin embargo, la atleta pidió revisar los resultados de la prueba y se comprobó que se trataba de un falso positivo. Buscando la reparación de daños, demandó por la vía civil a la Conade y el caso llegó hasta la Suprema Corte.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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