Christa Pike, tras pasar 30 años en el corredor de la muerte, fue sometida a una ejecución que falló, reviviendo el debate sobre la pena de muerte en Estados Unidos.
Según Amnistía Internacional, en 2025 se registraron 2,707 ejecuciones a nivel global, incrementando en un 78% respecto al año anterior, siendo Estados Unidos el país con más ejecuciones.
¿En que partes de América Latina aplican la pena de muerte?
América Latina, pionera en abolir la pena de muerte, destaca a Cuba, donde la misma se reserva para delitos extremadamente graves. A pesar de una moratoria vigente, se han realizado ejecuciones excepcionales.
Una de estas moratorias, acontece en el año 2000, la cual fue interrumpida una vez: con el fusilamiento en 2003 de tres jóvenes cubanos acusados de secuestrar un barco con rehenes en La Habana con la intención de huir a Estados Unidos.
Para el año 2023, una solicitud de información sobre la "moratoria del uso de la pena de muerte" realizada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), el gobierno cubano pedía que el tema no se viera de forma aislada, sino que se consideraran las condiciones de cada país latinoamericano.
La abolición de Guatemala hacia la pena de muerte
En Guatemala, la pena de muerte es inconstitucional para delitos comunes, manteniéndose solo en situaciones extraordinarias, como en casos militares según el Código Militar de 1878.
En 2016, la Corte de Constitucionalidad de Guatemala declaró la inconstitucionalidad de la pena de muerte en el caso de asesinato. Y en 2017, también declaró inconstitucional la implementación de la pena de muerte para cinco delitos previstos en el Código Penal.
Sin embargo en 2025, Guatemala aparece como uno de los países "abolicionistas solo para delitos comunes", es decir, que tienen leyes que establecen la pena de muerte para delitos excepcionales, como los contemplados en el Código Penal Militar o los cometidos en circunstancias excepcionales.

El artículo 18 de la Constitución de Guatemala establece los casos en los que no se podrá imponer la pena de muerte:
a) Con fundamento en presunciones;
b) A las mujeres;
c) A los mayores de sesenta años;
d) A los reos de delitos políticos y comunes conexos con los políticos;
e) A reos cuya extradición haya sido concedida bajo esa condición
Chile, Perú, Brasil y El Salvador solo contemplan la pena de muerte en tiempos de guerra
Chile aprobó en 2001 sustituir la pena de muerte por la de presidio perpetuo efectivo de 40 años en diversos textos legales, pero su Código de Justicia Militar mantiene la condena capital para varios delitos en tiempos de guerra.
En El Salvador, se puede aplicar exclusivamente durante el estado de guerra internacional, previstos por las leyes militares. Los cuales son: traición, espionaje y rebelión.
Por su parte, en Perú, La Carta Magna de Perú de 1993, reserva su aplicación para "el delito de traición a la patria" en caso de guerra, y el de terrorismo, conforme a las leyes y a los tratados de los que el Perú es parte.
Finalmente en Brasil, indica Amnistía Internacional, ha abolido la pena capital para delitos comunes y retiene la pena de muerte solo para delitos graves, como los cometidos en épocas de guerra.
Sigue siendo un debate la pena de muerte, excepto en otras regiones de América
Entre los países de la región de América que mantienen la pena de muerte para delitos comunes están Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Dominica, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Trinidad y Tobago.
