¿Qué obras de AMLO serían catalogadas como de seguridad nacional?

El presidente AMLO defendió el decreto publicado de que megaproyectos sean determinados como de seguridad nacional.

Escrito por: América López
¿Qué obras de AMLO serían catalogadas como de seguridad nacional?

Después de que en la tarde del pasado jueves 18 de mayo se publicó el decreto de AMLO en el que se catalogan obras como de seguridad nacional en el Diario Oficial de la Federación (DOF), puede surgir la pregunta de cuáles serían determinadas así.

En la conferencia de prensa de este 19 de mayo, el presidente AMLO defendió la publicación del decreto: “Es distinto porque aquello era para la construcción de las obras, como metían y metían amparos para que no avanzáramos, con ese decreto se podía avanzar y así avanzamos. Ahora ya es para que todo sea de seguridad nacional, aun cuando ya prácticamente está por terminarse la obra”. En ese sentido, aseveró que el decreto es necesario para “blindar” estas obras.

¿Qué obras de AMLO serían catalogadas como de seguridad nacional?

Tras el decreto publicado en el DOF, las obras que serían catalogadas como de seguridad nacional de AMLO son:

  • Tren Maya, el cual ya está a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
  • Corredor del Istmo de Tehuantepec.
  • Aeropuertos de Palenque, Tulum y Chetumal, también a cargo de la Sedena.
  • Puertos Marítimos.

¿Qué significa que las obras de AMLO sean catalogadas como de seguridad nacional?

La Ley de Seguridad Nacional contiene 76 artículos, siete de estos son transitorios y se expidió durante el sexenio de Vicente Fox Quesada, fue publicada el 31 de enero de 2005. En el artículo 3 se menciona que, para efectos de esta ley, se considera lo siguiente para declarar algo como de seguridad nacional:

  • I. La protección de la nación mexicana frente a las amenazas y riesgos que enfrente nuestro país;
  • II. La preservación de la soberanía e independencia nacionales y la defensa del territorio;
  • III. El mantenimiento del orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno;
  • IV. El mantenimiento de la unidad de las partes integrantes de la Federación señaladas en el artículo 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
  • V. La defensa legítima del Estado Mexicano respecto de otros Estados o sujetos de derecho internacional, y
  • VI. La preservación de la democracia, fundada en el desarrollo económico, social y político del país y sus habitantes.

Por su parte, el decreto publicado el 22 de noviembre de 2021, declaraba la realización de proyectos y obras a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energéticas, puertos, aeropuertos y aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional.

En el artículo 2 de la Ley de Seguridad Nacional se menciona que corresponde al presidente la determinación de la política mencionada.

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Escrito por: América López

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