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Juez concede amparo contra Ley de Austeridad

Juez concedió amparo contra el impedimento de funcionarios para trabajar 10 años después de ejercer, según Ley de Austeridad.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
juez amparo Ley de Austeridad
| Pexels

Este 15 de febrero del 2022, un juez concluyó que el Congreso de la Unión no estaba facultado para emitir la Ley de Austeridad Republicana, es decir, determinó que el impedimento de diez años hacia altos mandos del gobierno para no trabajar en empresas privadas, posterior a su cargo público, es inconstitucional, por lo que concedió un amparo.

El fallo del titular del Juzgado Segundo del Centro Auxiliar Primera Región, el cual puede ser impugnado ante un tribunal federal, señala que se atenta contra el derecho al trabajo, además de que resulta discriminatoria para los ciudadanos que hayan desempeñado algún cargo público.

“El plazo de diez años es excesivo porque las y los servidores públicos que ocupan cargos de mando superior difícilmente podrán emplearse fuera del sector público en una actividad distinta a la que usualmente desempeñan”, señala la sentencia del juez respecto a lo que dispone la Ley de Austeridad.

Incluso, el impartidor de justicia explicó que en el mercado laboral un plazo de diez años es determinante para recibir un ofrecimiento de trabajo, “habida cuenta que los avances tecnológicos y el flujo de conocimientos pueden modificar radicalmente los entornos laborales en ese lapso”.

SCJN resolverá el tema respecto a la Ley de Austeridad en mayo

No es la primera sentencia de este tipo, pues en 2021 hubo una serie de amparos concedidos a servidores públicos contra la legislación que inhabilita al personal que haya desempeñado mandos directivos en el gobierno federal a trabajar en el sector privado hasta después de una década.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pondrá punto final a este tema cuando, en mayo de este año, analice la acción de inconstitucionalidad de diputados de oposición, en la que la Ley de Austeridad Republicana.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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