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30 años de Hechos con Javier Alatorre

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Fuerza Informativa Azteca te lleva lo más destacado del noticiero de Hechos con Javier Alatorre, que cumple 30 años de transmisión en vivo por TV Azteca.

Celebran senadores de oposición resolución de la SCJN sobre inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa para delitos como la defraudación fiscal y el uso de facturas falsas

La prisión preventiva oficiosa es un abuso y franca violación de derechos humanos, resolvió la SCJN .

Escrito por: José Ángel Gallegos
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Senado de la República

Cd. de México.- Senadores de oposición celebraron la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucional castigar con prisión preventiva oficiosa y declarar como delito contra la seguridad nacional el contrabando, defraudación fiscal y el uso de facturas falsas.

“Las senadoras y senadores del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional, de Movimiento Ciudadano y del Partido de la Revolución Democrática que integramos el bloque de contención en el Senado se congratulan por la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ratifican su compromiso con el Estado de Derecho, el respeto al debido proceso y a la presunción de inocencia”, sentenció el bloque de contención en la cámara alta.

Por separado, el panista Damián Zepeda subrayó que se trata de una victoria para el bloque de contención en la cámara alta y que da marcha atrás al terrorismo fiscal que emprendió el gobierno de Morena.

“Hoy la SCJN, afortunadamente, nos da la razón. Un punto a favor de ponerle un alto al abuso que ha significado el terrorismo fiscal en este gobierno”, dijo en entrevista.

Explicó que las reformas aprobadas por mayoría de Morena y sus aliados violan la presunción de inocencia. Y recordó que es el gobierno quien tiene la obligación de probar la culpa de las personas.

Apuntó que si bien “los delitos fiscales, como todos los demás deben ser combatidos con fuerza”, para eso existe el proceso penal, donde el ministerio público debe probar ante el juez la culpabilidad de las personas, y “no querer meterlas a la cárcel vía prision preventiva oficiosa, solo por una acusación, sin probar la culpa”.

Finalmente, Zepeda argumentó que las modificaciones en materia de prisión preventiva oficiosa representaban un abuso del que se dió cuenta durante las discusiones relativas a la modificación del artículo 19 de la Constitución, así como una serie de ordenamientos jurídicos para lograr la armonización del marco jurídico para aplicar plenamente la medida cautelar cómo lo es el código Nacional de procedimientos penales la ley general en materia de delitos electorales la ley general en materia de desaparición forzada de personas desaparición cometida por particulares y del sistema Nacional de búsqueda de personas así como la Ley Federal para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos; la Ley Federal de armas de fuego y explosivos; el código penal Federal; la Ley General de Salud; la ley federal contra la delincuencia organizada; y la Ley de vías generales de comunicación.

“Es un triunfo importante para el respeto a los derechos humanos en el país. La prisión preventiva oficiosa es un abuso y franca violación de derechos humanos. Representa cárcel sin haber sido probado culpable en juicio, así de sencillo. Cuando aprobaron con su mayoría la prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales, burlando la constitución y queriendo meter por la puerta de atrás vía ley secundaria este abuso, les dijimos con claridad en el Pleno del Senado que era inconstitucional”, concluyó el legislador.

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Escrito por: José Ángel Gallegos

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