SCJN derriba obstáculo para casarse inmediatamente después del divorcio

El razonamiento del tribunal pleno sirvió para invalidar esa disposición contenida en el 420 del Código Civil de Jalisco

Escrito por: Salvador Maceda
divorcio

Simple y sencillamente es inconstitucional tener que esperar un año para volver a casarse después del divorcio porque va en contra del libre desarrollo de la personalidad, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El razonamiento del tribunal pleno sirvió para invalidar esa disposición contenida en el 420 del Código Civil de Jalisco; y para sentar un precedente nacional que servirá en casos similares del resto de la República Mexicana.

Tras resolver la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos desde 2018, los ministros consideraron por unanimidad que no se justificaba el control estatal en este ámbito, pues para interferir válidamente en el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad, a través de una limitación, prohibición o restricción, el propósito solo debe ser la protección de los derechos de terceros o el orden público.

La limitación de contraer matrimonio después de un año de divorcio, no resulta idóneo ni adecuado para proteger el fin constitucional de proteger la protección de la unidad familiar, como aparentemente lo visualizó el legislador jalisciense.

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Escrito por: Salvador Maceda

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