Víctimas de un delito en Puebla recibirán atención médica gratuita tras reforma a la ley

Las personas que hayan sufrido algún delito en el estado tendrán derecho a servicios de asistencia, atención médica, psicológica, psiquiátrica y odontológica.

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Escrito por: Iván Ramírez

 Las víctimas de un delito en Puebla tendrán atención médica inmediata y gratuita.
Las víctimas de un delito en Puebla tendrán atención médica inmediata y gratuita. | Pexels

El Congreso de Puebla avaló este viernes 6 de septiembre una reforma de ley para que víctimas de algún delito reciban atención médica inmediata, adecuada y gratuita.

Lo anterior, de acuerdo con un comunicado , busca garantizar los servicios de salud a las víctimas de delitos, por lo que el Pleno de la LXI Legislatura aprobó una reforma al Artículo 26, el acápite y la fracción I del 31 de la Ley de Víctimas del Estado de Puebla.

El diputado José Miguel Espinosa de los Monteros Gil explicó durante la discusión del dictamen, en Sesión Extraordinaria, que el objetivo principal es asegurar que todas las víctimas de un delito reciban atención médica inmediata, adecuada y gratuita.

¿En qué consiste reforma en favor de víctimas de un delito en Puebla?

De acuerdo con esta reforma, se prevé que las instituciones hospitalarias públicas y unidades de salud públicas de los municipios tengan la obligación de dar atención a las víctimas que lo requieran y, respecto a los servicios de asistencia, se otorgará atención y protección a la víctima , la cual tendrá los derechos que establece la Ley General de Salud.

Con ello, la víctima tendrá derecho a que se le proporcionen gratuitamente los servicios de asistencia, atención médica, psicológica, psiquiátrica y odontológica cuando se trate de lesiones, enfermedades o traumas emocionales provenientes del delito o de la violación a los derechos humanos sufridos; se brindarán de manera permanente hasta el final de tratamiento.

Aprueban reforma a favor de la inclusión en Consejo de derechos humanos

Asimismo, el Congreso estatal aprobó una reforma al artículo 10 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla, con el objetivo de establecer que el Consejo Consultivo esté integrado bajo los principios de inclusión y no discriminación.

La Ley de la Comisión de Derechos Humanos actualmente indica que el Consejo Consultivo se integrará por cinco personas ciudadanas, hombres y mujeres de reconocido prestigio en la sociedad con conocimiento en materia de derechos humanos y cuando menos tres de estas personas no deberán desempeñar cargo o comisión como personas servidoras públicas durante el tiempo de su gestión.

Ahora se adiciona que en la integración del Consejo Consultivo se privilegien los principios de inclusión y no discriminación, en términos de lo dispuesto por el quinto párrafo del Artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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