La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental.
Horas después de que el Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular el decreto por el que funcionarios pueden realizar difusión sin recibir sanción, la Segob publicó en el DOF.
La iniciativa, promovida por Morena, indica que la propaganda gubernamental se debe entender como el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin por un ente público.
¿Qué es la propaganda gubernamental según el decreto?
En el DOF indica la definición de la propaganda gubernamental, que deja fuera los comentarios y expresiones de servidores públicos quedan fuera de este concepto y por lo tanto no podrán ser sancionadas en tiempo de veda.
Al respecto, en el DOF la propaganda gubernamental se define como “el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas, bajo cualquier modalidad de comunicación social, con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, por un ente público (poderes de la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como órganos constitucionales autónomos, o cualquier otra dependencia o entidad de carácter público).
“Con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines, o información de interés público referida al bienestar de la población, cuyas características deberán ajustarse a lo señalado en el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“No constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.
De acuerdo con legisladores de Morena, una vez publicada en el DOF se podrá aplicar para la revocación de mandato.