¿Otra vez? Captan a turista subiendo templo de Chichén Itzá y le pegan con un palo

De nueva cuenta captaron a un turista subiendo templo de Chichén Itzá, al bajar otro visitante que se encontraba le pegó con un palo en la cabeza.

Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
¿Otra vez? Captan a turista subiendo templo de Chichén Itzá y le pegan con un palo
| TikTok @Marco.Uicab

De nueva cuenta captaron a un turista subiendo el templo de Kukulcán en las ruinas de Chichén Itzá y al bajar, un visitante del sitio le pega con un palo. Esto fue captado por usuarios en TikTok el pasado sábado 28 de enero de 2023, por lo cual el video no tardó en viralizarse.

Cabe destacar que esta es la segunda vez que captan a un turista subiendo las ruinas de Chichén Itzá. Presuntamente, esta segunda vez se trata de un turista polaco, que al burlar la seguridad del sitio comenzó a subir las escaleras para tomarse fotografías.

Al bajar, el turista fue recibido por el golpe de otro visitante, quien ya lo esperaba abajo con un palo.

Cabe recordar que este caso fue similar al de la turista que subió las ruinas de Chichén Itzá el pasado noviembre 2022, la cual al llegar a la cima saltó de emoción y se asomó dentro del templo.

Por infringir las medidas y subir un templo de Chichén Itzá, en redes sociales bautizaron a la mujer como #LadyChichénItzá y de acuerdo con autoridades, recibió una multa por falta administrativa.

De acuerdo con información de medios locales, el turista que captaron subiendo en Chichén Itzá pasó 12 horas detenidos y pagó una multa de 5 mil pesos.

¿De cuánto es la multa por subir zona arqueológica de Chichén Itzá?

De acuerdo con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, la multa por subir a sitios como Chichén Itzá es de los 100 pesos a los 150 mil pesos, según el artículo 55.

“Cualquier infracción a esta Ley o a su Reglamento, que no esté prevista en este capítulo, será sancionada por los Institutos competentes, con multa de doscientos a mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo”, se lee.

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Escrito por: Fuerza Informativa Azteca

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