Congreso de Hidalgo despenaliza el aborto

Con 16 votos a favor, el Congreso de Hidalgo despenalizó el aborto, el cual se podrá llevar a cabo durante las 12 primeras semanas de embarazo.

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Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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Con 16 votos a favor y una abstención, el Congreso de Hidalgo despenalizo el aborto, con lo que se permitirá la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas.

Con un quórum de 28 diputados, de un total de 30, los legisladores aprobaron reformar el Código Penal y la Ley de Salud de Hidalgo. La mayoría de las intervenciones fueron para reclamar a la bancada del partido Morena, que tiene mayoría en el Congreso, por haber avalado el dictamen, sin supuestamente haber consultado a los otros partidos.

Roxana Montealegre, diputada morenista y quien propuso la iniciativa, argumentó que el dictamen se había hecho de manera correcta y señaló el artículo en la Constitución local que lo avala.

La legisladora indicó:

Este dictamen incomoda, este dictamen les molesta, este dictamen rompe, porque es romper con una tradición donde las mujeres hemos estado atadas de nuestra libertad y no nos han permitido tomar decisiones con nuestro propio cuerpo.

En redes sociales, colectivos de mujeres celebraron la despenalización del aborto en Hidalgo.

Qué plantean las reformas que despenalizan el aborto en Hidalgo

La reforma al Código Penal plantea que el embarazo se podrá interrumpir después de la décima segunda semana de gestación. Actualmente el Código Penal del estado establece que el aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.

Mientras que la reforma a la Ley de Salud plantea que las instituciones públicas, privadas y sociales que presten servicios de salud en el estado deberán proveer el servicio para la interrupción legal del embarazo de forma gratuita y en condiciones de calidad y salubridad.

Dichos servicios deben garantizar la dignidad humana de las mujeres en los supuestos permitidos en el Código Penal para el estado de Hidalgo y a solicitud de la interesada, quien deberá cubrir los requisitos establecidos en las disposiciones, en el caso de las instituciones públicas, el servicio será gratuito.

Indica que los médicos tienen el derecho a argumentar una objeción de conciencia y excusarse de realizar la intervención, aunque sí tienen la obligación de referir a la mujer a un médico o médica que no tenga objeción.

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