Corte avala contratos con extranjeros para alquiler de vientres

Abrió la puerta para que empresas intermediaras para el alquiler de vientres, puedan ofrecer sus servicios a personas no nacidas en México.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
embarazada

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la puerta para que las empresas intermediaras para el alquiler de vientres, puedan ofrecer sus servicios a cualquier persona, incluidos los extranjeros.

A propuesta del ministro Jorge Pardo, el tribunal pleno resolvió el primer amparo relacionado con la gestación subrogada, el cual fue promovido por una empresa que argumentó que la ley de Tabasco limita la prestación de la maternidad por sustitución y discrimina a las personas no nacidas en México.

Pardo Rebolledo propuso conceder la protección de la justicia a la empresa Fertility Center Tabasco, propuesta que fue aprobada por unanimidad, aunque con argumentos diferentes lo que impidió que se generará jurisprudencia.

La prohibición a extranjeros genera discriminación, señalaron los ministros

La mayoría de los integrantes del máximo tribunal del país coincidieron en que al prohibir de manera absoluta y definitiva la celebración del contrato de gestación subrogada a los extranjeros, se genera una medida de discriminación, porque les impide el derecho de ejercer su derecho a la salud y a la planificación familiar.

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que es válido el que el Congreso de Tabasco haya establecido en el penúltimo párrafo del artículo 380 bis 5, que una vez que sea suscrito el contrato ante notario público, deberá ser aprobado por el juez competente, a través de un procedimiento judicial.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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