La Suprema Corte aceptó revisar un amparo en el que se alega que el Infonavit violó derechos humanos con su nuevo modelo para autorizar créditos para vivienda, conocido como T-1000, que comenzó a operar en mayo del año pasado.
La Segunda Sala del máximo tribunal del país admitió a trámite y turnó al ministro Javier Laynez la primera de una serie de demandas, en las que se señala que el nuevo modelo dificulta a los trabajadores acceder al crédito del Infonavit, por lo que viola el derecho de acceso a la vivienda plasmado en la Constitución.
Fallos distintos en juzgados llevan amparo contra Infonavit a la Corte
El caso surgió luego de que un juez federal concediera una suspensión a una mujer para que no se le aplicara el T-1000, pero al dictar sentencia sobre el fondo del asunto el juzgador resolvió que las personas sólo pueden impugnar dicho modelo si piden créditos y el Infonavit los niega.
El 13 de mayo el Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo resolvió que el modelo T-1000 sí afecta a los trabajadores por su sola entrada en vigor, sin requerir que exista una solicitud formal de crédito.
Demanda de amparo argumenta violaciones a derechos laborales
“A partir del momento en que entró en vigor la norma impugnada, efectivamente su situación jurídica fue afectada, ante la modificación de criterios para acceder a un crédito de vivienda” sentenciaron los magistrados.
Sin embargo, el propio Tribunal Federal decidió enviar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pues se alegan violaciones a la Constitución y tratados internacionales.
MODELO DE CRÉDITOS T-1000
El 14 de mayo de 2021 el Infonavit anunció la puesta en marcha del Nuevo Modelo de Originación T1000, a través del que se modificaron los criterios para el otorgamiento de nuevos créditos hipotecarios, que de acuerdo al Instituto permitiría que más de millón y medio de derechohabientes pudieran tener la posibilidad de acceder a los beneficios de sus aportaciones.
Este nuevo modelo implica que los trabajadores pueden obtener un crédito a partir de tres bimestres de cotización continuos en lugar de un año continuo; también se cambió la ponderación para la obtención de los puntos requeridos, y aunque ahora el mínimo es de 1080 en lugar de 116, se toman en cuenta más criterios para evaluar la solicitud; mientras que la suma de puntos depende tanto del trabajador como de la empresa.