Elecciones 2021: ¿Cómo denunciar un delito electoral en mi casilla?

Si piensas que eres víctima de un fraude, recuerda que puedas puedes reportarlo, aquí te enseñamos cómo denunciar un delito electoral.

Escrito por: Federico Anaya
Delito electoral

Elecciones 2021: Sin duda los comicios del próximo 6 de junio serán una de las elecciones electorales intermedias más vigiladas de la historia de México, están en juego 15 gubernaturas, 30 congresos locales, diputaciones y ayuntamientos, por lo cual hay que estar pendiente que no se cometan delitos electorales.

Más de 93 millones de ciudadanos tienen el derecho salir a sufragar su voto para definir la suerte de 21 cargos de elección popular.

En todo el país se instalarán 161,000 casillas de votación, por ese motivo la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales; antes Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) desplegará personal a toda la República Mexicana para atender las denuncias de delitos electorales.

En cada uno de los estados la fiscalía electoral enviará a un Agente del Ministerio Público apoyado con un auxiliar que se presentarán en la Fiscalía local estatal, es decir con las delegaciones de Fiscalía General de la República (FGR)

¿Qué es un delito electoral?

La Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales califica como delito electora aquella acción u omisión que ponga en peligro e adecuado desarrollo de función electoral y que atenten contra las características del sufragio que debe de ser universal, libre, directo, personal y secreto.

De acuerdo a la fiscalía electoral, comete un delito electoral quien:

- Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos

- Mediante presión u amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.

- Amenace con suspender los beneficios de los programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho del voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político o coalición.

- Organice la reunión o el transporte para llevarte a votar y te digan por quién votar.

- Solicite u ordene evidencia del sentido de tu voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto.

- Se apodere, destruya, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o insumos necesarios para la elaboración de credenciales para votar.

- Obstaculice o interfiera el traslado y entrega de los paquetes y documentos públicos electorales.

- Sin causa justificada por la ley, abra los paquetes electorales o retire los sellos o abra l |os lugares donde se resguarden.

- Por sí o interpósita persona, proporcione fondos provenientes del extranjero a un partido político, coalición, agrupación política o candidato para apoyar actos proselitistas dentro de una campaña electoral.

- Expida o utilice facturas o documentos comprobatorios de gasto de partido político o candidato, alterando el costo real de los bienes o servicios prestados.

- Provea bienes y servicios a las campañas electorales sin formar parte del padrón de proveedores autorizado por el órgano electoral administrativo.

- Dentro del ámbito de sus facultades, se abstenga de informar o rinda información falsa de los recursos y bienes públicos remanentes de los partidos políticos o agrupaciones políticas que hayan perdido su registro, habiendo sido requerido por la autoridad electoral competente.

- Sin estar autorizado enajene, grave o done los bienes muebles o inmuebles, que integren el patrimonio del partido político o la agrupación política que haya perdido su registro.

- Altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía.

- Solicite, promueva, traslade, subsidie, gestione, contrate servicios o bienes para que una o más personas proporcionen documentos o información falsa al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores, se les impondrá hasta una mitad más de la sanción que les corresponda conforme al primer párrafo de este artículo.

- Mediante amenaza o promesa de empleo, paga o dádiva, o promesa de entrega de cualquier tipo de recurso o bien, solicite o promueva que una o varias personas entreguen información falsa al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores.

- Altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal, archivos o datos de cualquier naturaleza, relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores

- Realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.

Normas especiales para no cometer delitos electorales

Asimismo se estableció una serie de normas especiales las cuales tanto servidores públicos, funcionarios electorales, funcionarios partidistas o cualquier persona debe seguir al pie de la letra para evitar cometer un delito electoral.

Delitos electorales cometidos por funcionarios y servidores públicos

Un servidor o funcionario público no está exento de cometer delitos electorales, por lo que de acuerdo con la Fepade, se considerará que incurre en un delito cuando:

- Coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.

- Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.

- Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado.

- Proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores.

- Solicite a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política.

- Se abstenga de entregar o niegue, sin causa justificada, la información que le sea solicitada por la autoridad electoral competente, relacionada con funciones de fiscalización.

En caso de consulta popular, cuando:

- Coaccione, induzca o amenace a sus subordinados para que voten o se abstengan de votar por una opción dentro de la consulta popular.

- Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de una opción dentro de la consulta popular.

¿Quiénes pueden denunciar un delito electoral?

Cualquier persona, funcionarios electorales, funcionarios partidistas, precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campañas y ministros de culto religioso.

¿Cómo se castiga un delito electoral?

La Ley General en Materia de Delitos Electorales las sanciones aplicadas por cualquier incumplimiento a la misma, van desde los 200 hasta los 400 días de multa, así como una condena de prisión que va de lo 2 a los 9 años.

¿A dónde denunciar los delitos electorales?

FEDETEL (800 833 72 33) y FEDENET (www.fedenet.org.mx).

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Escrito por: Federico Anaya

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