Impugna Cofepris orden de entregar permiso para consumo de mariguana

La Cofepris impugnó la orden antes de que venciera el plazo de tres días que un juez marcó para entregar un permiso de autoconsumo lúdico de mariguana.

Escrito por: Juan Pablo Reyes
marihuana

Antes de que venciera el plazo de tres días que un juez marcó para entregar un permiso de auto consumo lúdico de mariguana, la Comisión Federal de Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) impugna la ordenante un tribunal federal.

Los magistrados del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México dieron entrada al recurso de la dependencia federal por lo que definirán en las próximas semanas que sucede cuando existe un incumplimiento a una declaratoria general de inconstitucionalidad.

“Se admite a trámite el presente recurso de revisión hecho valer por la autoridad señalada como responsable (Cofepris) túrnese a la ponencia correspondiente para que elabore un proyecto de sentencia para presentar ante éste tribunal colegiado de circuito”, señala el acuerdo publicado este viernes.

Una persona se quejo de que no le entregaron un permiso

La semana pasada un juez federal concluyó que la Cofepris incumplió con el mandato de la Suprema Corte de permitir el consumo recreativo de mariguana y entregar a los ciudadanos que así lo pidan los permisos correspondientes.

El titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Jonathan Bass dio la razón a una persona que se quejó de que las autoridades de la Secretaría de Salud no le entregaron su autorización para sembrar, cultivar, cosechar y consumir cannabis.

Se ordena a las autoridades denunciadas que, dentro del plazo de tres días, siempre que se compruebe la mayoría de edad de la denunciante, le otorguen una autorización sanitaria para realizar realizar actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos.

Lo anterior luego de que un ciudadano promoviera una denuncia por incumplimiento de una declaratoria general de inconstitucional, en este caso la que realizó la Suprema Corte respecto a la prohibición absoluta al uso recreativo de mariguana.

En la sentencia se expone que la denuncia es fundada dado que la negativa contenida en el oficio que negó el permiso para consumo lúdico constituye un acto de aplicación de los preceptos legales declarados inconstitucionales por la SCJN.

En la declaratoria general de inconstitucionalidad estudiada, el Tribunal Pleno determinó, primero, expulsar del sistema jurídico mexicano los artículos estudiados y, segundo, vincular a la Secretaría de Salud para que, mediante la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, emita lineamientos y autorizaciones para autoconsumo de cannabis y tetrahidrocannabinol (THC) con fines recreativos bajo las condiciones establecidas en la propia ejecutoria.

Incluso, el juez relató que cuando la denunciante acudió ante la Cofepris para solicitar tal autorización, esta le fue negada bajo el argumento de que dicha institución pública carece de facultades para ello.

Bass Herrera señalo:

(Esto) claramente contraviene los efectos dados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018 e implica la aplicación de los artículos invalidados en ella puesto que convalida el vicio de inconstitucionalidad advertido en estos.

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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