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30 años de Hechos con Javier Alatorre

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Impugna AMLO medidas impuestas por el INE sobre opinar en proceso electoral

El INE conminó al Presidente a omitir sus opiniones sobre las elecciones que se llevarán a cabo en 2021, en medio del proceso que está en desarrollo.

Escrito por: Fuerza Informativa Azteca
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| Crédito: Presidencia de México

Tal como lo mencionó hace dos días, el presidente Andrés Manuel López Obrador, a través de la Consejería Jurídica de la Presidencia, impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la “tutela electoral” impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) al mandatario como medida cautelar para instarlo a no hacer declaraciones de temas electorales.

El recurso sostiene que el órgano comicial supone de manera anticipada que los hechos señalados se presentarán nuevamente y de la misma forma, lo cual, agregó la Consejería Jurídica, se desprende de “un análisis por demás subjetivo y carente de racionalidad”, en el que no se presentan los elementos probatorios para dicho argumento.

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Indica que la realización de conferencias de prensa no transgrede en modo alguno los principios de equidad o imparcialidad, y se realizan en el marco de la libertad de expresión.

En la impugnación legal se argumenta que la medida de tutela preventiva “se concibe como una protección contra el peligro de que una conducta ilícita o probablemente ilícita continúe o se repita”.

Y señal que esta figura “no tiene el carácter sancionatorio, porque busca prevenir una actividad que a la postre puede resultar ilícita, por realizarse en contravención a una obligación o prohibición legalmente establecida”.

La Consejería recuerda que la orden de tutela preventiva se deriva de un proceso generado por una queja presentada por el PAN, PRD y diputados, quienes aseguran que las declaraciones hechas por el mandatario durante una gira en Baja California, así como en la conferencia de prensa matutina del 30 de noviembre, “pueden vulnerar el principio de imparcialidad y neutralidad en detrimento de la equidad de la contienda”.

En ese sentido, la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE establece que “ante el riesgo de que conductas como las analizadas se repitan u ocurran nuevamente, se considera necesario, justificado y proporcional el dictado de una medida precautoria” para que el titular del Ejecutivo se abstenga de realizar expresiones de índole electoral.

El recurso presentado por la Consejería Jurídica expone que en la resolución del órgano comicial no se justifica con elementos probatorios la posible continuidad o reiteración de las conductas que fueron motivo de la queja.

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Contradiciendo sus propios criterios, la responsable llevó a cabo un análisis por demás subjetivo y carente de racionalidad, ya que a pesar de que no contaba con ningún indicio probatorio objetivo sobre la continuación o reiteración de la conducta señalada, se pronuncia sobre actos futuros que no son eminentes, y por tanto son inciertos al no tener certeza de que los hechos denunciados se vuelvan a repetir de la misma manera

Y asegura que sin realizar un estudio integral, la Comisión de Quejas emitió la resolución “carente de la debida motivación”.

Indica también que los mensajes emitidos por el presidente durante las conferencias de prensa, así como en actos públicos, “no pueden calificarse a priori como posiblemente ilícitos”.

Y agrega que su intervención y la de funcionarios federales tiene como propósito responder a los representantes de medios informativos “en un claro ejercicio de la libertad de prensa, la cual goza de una presunción de licitud al tratarse de un derecho fundamental”.

Ante ello, solicitó al Tribunal Electoral, revocar el acuerdo del INE y declarar improcedentes las medidas cautelares solicitadas por los demandantes.

Cabe recordar que el lunes pasado, el presidente aseguró que le parece injusta la medida dictada por el INE y dijo que defendería su derecho a expresarse.

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