¿Qué dijo la Profeco sobre Ticketmaster por no reembolsar dinero cuando un artista cancele show?

Ticketmaster dio a conocer que no devolvería el dinero a las personas que adquieran boletos de algún artista y que este cancele el espectáculo programado.

Escrito por: Iván Ramírez

La Profeco señaló que un consumidor afectado tiene hasta un año de plazo para presentar su queja.
La Profeco señaló que un consumidor afectado tiene hasta un año de plazo para presentar su queja. | Pexels

Ticketmaster está en la mira de muchos clientes, quienes se han visto preocupados luego de que la empresa haya señalado que no aplicaría el reembolso del dinero pagado por los boletos de artistas que cancelen su espectáculo en un festival, pero tras darse a conocer esta cláusula la situación podría cambiar.

Y es que el anuncio de que no hará reembolsos en el caso de que algún artista anunciado en algún cartel suspenda su presentación, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) se ha pronunciado al respecto este miércoles 12 de junio, pero, ¿qué dijo sobre el tema? Aquí en Fuerza Informativa Azteca (FIA) te contamos los detalles.

¿Qué pasará con la cláusula de Ticketmaster por reembolso de dinero?

La Profeco informó este día que “emitirá medida precautoria” para que la proveedora Venta de Boletos por Computadora, S.A. de C.V. (conocida como Ticketmaster), en 48 horas “suspenda la información consistente en la negativa de reembolso por la posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los artistas anunciados para un festival”.

Y es que de acuerdo con la Profeco, la cláusula de no reembolso publicada por Ticketmaster México en sus términos y condiciones, sobre la venta de boletos para un festival, podría incumplir los artículos 1°, 7, 10 segundo párrafo, 56 y 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

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Ticketmaster ya no hará reembolso de boletos en caso de que artistas cancelen participación en festivales. | Edición

Artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor estipula que “todo proveedor está obligado a informar y a respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas, intereses, cargos, términos, restricciones, plazos, fechas, modalidades, reservaciones y demás condiciones aplicables en la comercialización de bienes, productos o servicios, sobre todos aquellos que se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor para la entrega del bien o prestación del servicio, y bajo ninguna circunstancia serán negados estos bienes, productos o servicios a persona alguna, así como la información de los mismos”.

Cliente tienes derecho a solicitar reembolso de precio pagado

La Profeco puntualizó que un proveedor está obligado a respetar los servicios ofrecidos o convenidos con un consumidor, lo que significa que si ofreció que un artista determinado se presentaría en algún evento, “lo cual pudo motivar la compra de este evento”, la proveedora debe respetar dichas condiciones.

Ahora bien, “en caso de que el proveedor incumpla las condiciones ofrecidas, salvo que mediara fuerza mayor (enfermedad o accidente), el consumidor tiene derecho a solicitar el reembolso del precio pagado (costo del boleto y cargos por servicio), así como una bonificación o compensación no menor al 20 por ciento, ya sea respecto al total de días que dure el festival o solo del día que no decida asistir el consumidor”.

Incluso, la Profeco explica que la persona que haya comprado algún boleto y resultó afectado tiene hasta un año de plazo para presentar su queja correspondiente ante la misma instancia.

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