¿Cómo cambiar del RIF al RESICO en la página del SAT?

Expertos fiscales explican al contribuyente cómo cambiar del RIF al RESICO desde la página del SAT, antes del 31 de enero.

Escrito por: Roberto Domínguez
RESICO RIF SAT cómo cambiar
| Pexels/Christina Morillo

Este 31 de enero se vence el plazo para que los contribuyentes puedan cambiarse al Régimen Simplificado de Confianza, mejor conocido como RESICO del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ¿cómo cambiar del RIF a este régimen? Expertos dan algunas recomendaciones.

El régimen anterior de personas físicas era el Regimen de Incorporación Fiscal o el RIF, el cual desaparece, por lo que todas las personas inscritas en él tendrán que moverse el RESICO, indicó Juan Carlos Bojorges, presidente del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

El RIF se creó en el 2014 con una duración de 10 años, por lo que si el contribuyente se dio de alta en ese año, podrá decidir si permanece en él los próximos dos años o el tiempo que le resta al régimen.

¿Cómo pasar del RIF al RESICO?

  • En caso de que los contribuyentes busquen pasar del RIF al RESICO podrán seguir estos pasos.
  • Ingresar a la página del SAT y seleccionar las opción ubicada en la parte superior izquierda la opción “Personas”.
  • Dar clic en “Trámites del RFC”, dentro del apartado “Actualización”.
  • Selecciona la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”.

Cambio del RIF al RESICO

El contribuyente deberá llenar los campos con sus datos personales y se abrirá una ventana con la siguiente leyenda: “Declaración de permanencia en el RIF” con dos opciones: “optas por continuar en el Régimen de Incorporación Fiscal” y la segunda: “No, prefiero optar por otro régimen”, en donde se deberá seleccionar la opción deseada.

En caso de que no presente este aviso, automáticamente migrará al nuevo régimen o si el contribuyente apenas se dará de alta en el RFC, ya lo hará automáticamente bajo este Régimen si es que cumple con los requisitos.

Al respecto, el presidente del Presidente Colegio de Contadores Públicos de México comentó la importancia de que el contribuyente deba tener asesoría de un experto que le ayude en cómo cambiar de régimen.

“Siempre es importante acercarse a un profesional, tener la asesoría, si bien es cierto no para llevarles todo un modelo contable, si tener una recomendación, un consejo, una revisión, una certeza de cómo lo está haciendo, lo está haciendo bien y no caer en errores, porque luego esos errores a la larga pueden convertirse en infracciones, en pagos de multas y a nadie nos gusta estar en esta situación”.

¿Qué se debe considerar antes de mudarse del RIF al RESICO?

El RESICO es para las personas físicas que hacen actividades empresariales y profesionales, cuyo ingresos son menores a 3.5 millones de pesos al año y no debe ser socio o accionista de ninguna empresa. De esta forma, el contribuyente puede tener el beneficio de pagar solo del 1 al 2.5% de impuesto sobre sus ingresos.

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Escrito por: Roberto Domínguez

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